Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdecaballeros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01605/2024)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora del estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad que presenten movilidad reducida y de la creación y reserva de plazas de aparcamiento en la vía pública
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Ayuntamiento de Valdecaballeros

Anuncio 1605/2024

su caso.
c.3. Documento que acredite que el vehículo se destina exclusivamente al
transporte colectivo de personas con discapacidad para la prestación de
servicios sociales de promoción de la autonomía personal y de atención a la
dependencia, a que se refiere la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción
de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de
Dependencia, así como los servicios sociales a los que se refiere el Texto
Refundido de la Ley General de Derechos de las personas con discapacidad y de
su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de
noviembre.
El citado documento podrá sustituirse por una declaración responsable que
contenga la mención a que se hace referencia en el párrafo anterior.
c.4. Permiso de circulación del vehículo.
c.5. Tarjeta de características técnicas del vehículo con ITV en vigor.
c.6. Documento que acredite que su domicilio social se encuentra en el
municipio de Valdecaballeros o que su actividad se realiza principalmente en el
municipio de Valdecaballeros.
c.7. Último recibo del IAE o, en su defecto, del certificado de alta en este
Impuesto.
d. Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, se requerirá a la persona solicitante para que,
en un plazo de 10 días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con
indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición, estando
obligado el Ayuntamiento a dictar resolución expresa sobre esta solicitud.
e. Una vez comprobado el Ayuntamiento que el solicitante reúne los requisitos establecidos en
el artículo 4, comunicará los datos necesarios a la consejería con competencia en materia de
transporte para su cotejo e inclusión en el registro de tarjetas, con solicitud simultánea de
emisión de la correspondiente tarjeta de estacionamiento.
f. Si se detectase por parte de la consejería con competencias en materia de transporte
impedimento para la concesión de la tarjeta de estacionamiento, y una vez que se haya
remitido comunicación de dicho impedimento al Ayuntamiento de Valdecaballeros, este
realizará las comprobaciones oportunas para subsanar las posibles deficiencias o, en su caso
denegar razonadamente la solicitud de la tarjeta.
g. Una vez recibida en el Ayuntamiento de Valdecaballeros la tarjeta de estacionamiento con su
correspondiente número de registro, el Ayuntamiento cumplimentará y expedirá la tarjeta en
plazo no superior a 10 días hábiles a contar desde su recepción, debiendo figurar en la tarjeta
de estacionamiento esta fecha de expedición, debiendo ser comunicada por el Ayuntamiento
de Valdecaballeros al registro para su constancia y anotación.
h. Una vez concedida la tarjeta de estacionamiento el Ayuntamiento de Valdecaballeros
expedirá y presentará la tarjeta de estacionamiento a su titular o su representante legal para su
firma y, una vez firmadas, será plastificada de forma gratuita por el Ayuntamiento y entregada
a la persona interesada, junto con sus condiciones de uso, las cuales podrán incorporarse a la
resolución de concesión o extenderse en documento independiente.

Artículo 10. Vigencia de la tarjeta de estacionamiento.
1. Las tarjetas de estacionamiento se concederán por periodos de 5 años.
2. En los supuestos de tarjetas de estacionamiento concedidas a personas con movilidad o agudeza visual
reducida de carácter transitorio, el plazo de vigencia estará supeditado a lo establecido en el dictamen
emitido por CADEX o el correspondiente órgano de la Consejería con competencias en materia de acción
social, no pudiendo superar, en ningún caso, el plazo de vigencia de 5 años.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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