Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Baterno. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01595/2024)
Anuncio sobre la implantación del sistema interno de información
21 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Baterno
Anuncio 1595/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Baterno
Baterno (Badajoz)
Anuncio 1595/2024
Anuncio sobre la implantación del sistema interno de información
IMPLANTACIÓN DEL SISTEMA INTERNO DE INFORMACIÓN
Aprobada la implantación del Sistema Interno de Información del Ayuntamiento de Baterno por resolución de Alcaldía
número 2024/0025 de 9 de abril de 2024, se publica íntegra la resolución a los efectos legales oportunos:
"RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Atendiendo a lo dispuesto en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen
sobre infracciones normativas y de la lucha contra la corrupción.
Considerando la obligación de este Ayuntamiento de poner en marcha un canal de denuncias interno, así como el
establecimiento de medidas de soporte y protección de las personas que denuncien o informen infracciones administrativas
o penales.
Visto que el artículo 5.1 de la citada Ley establece que: "El órgano de administración u órgano de gobierno de cada entidad u
organismo será el responsable de la implantación de sistema interno de información, previa consulta con la representación
legal de las personas trabajadoras".
A la vista de los siguientes antecedentes:
Documento
Fecha/N.º
Providencia de Alcaldía
15/02/2024
Informe Jurídico
15/02/2024
Providencia de Alcaldía
15/02/2024
Convocatoria a la representación legal de las personas trabajadoras
15/02/2024
Acta de la reunión de la representación legal de las personas trabajadoras
22/02/2024
Observaciones
Examinada la documentación que la acompaña y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.s) de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
RESUELVO:
Primero.- Acordar la implantación del Sistema Interno de Información del Ayuntamiento de Baterno.
Segundo.- Designar al Comité Antifraude de este Ayuntamiento, y dentro del mismo al titular de la SecretaríaIntervención del Ayuntamiento de Baterno, como Responsable del Sistema Interno de Información, y de la
tramitación diligente del procedimiento de gestión de informaciones, conforme a lo establecido en el artículo
9.1. LPI.
Tercero.- Aprobar el documento denominado "Políticas del Sistema Interno de Información y protección de las
personas informantes y las personas afectadas del Ayuntamiento de Baterno", que se adjuntará como anexo I
a la presente resolución.
Cuarto.- Aprobar el documento denominado "Instrucción sobre el procedimiento del Ayuntamiento de
Baterno de gestión de las informaciones recibidas en el Sistema Interno de Información" que se adjuntará
como anexo I a la presente resolución.
Quinto.- Crear el canal interno de información del Ayuntamiento de Baterno.
Sexto.- Crear el libro registro previsto en el artículo 26 LPI.
Séptimo.- Publicar la presente resolución y sus anexos en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, a los
efectos legales oportunos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Baterno
Baterno (Badajoz)
Anuncio 1595/2024
Anuncio sobre la implantación del sistema interno de información
IMPLANTACIÓN DEL SISTEMA INTERNO DE INFORMACIÓN
Aprobada la implantación del Sistema Interno de Información del Ayuntamiento de Baterno por resolución de Alcaldía
número 2024/0025 de 9 de abril de 2024, se publica íntegra la resolución a los efectos legales oportunos:
"RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Atendiendo a lo dispuesto en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen
sobre infracciones normativas y de la lucha contra la corrupción.
Considerando la obligación de este Ayuntamiento de poner en marcha un canal de denuncias interno, así como el
establecimiento de medidas de soporte y protección de las personas que denuncien o informen infracciones administrativas
o penales.
Visto que el artículo 5.1 de la citada Ley establece que: "El órgano de administración u órgano de gobierno de cada entidad u
organismo será el responsable de la implantación de sistema interno de información, previa consulta con la representación
legal de las personas trabajadoras".
A la vista de los siguientes antecedentes:
Documento
Fecha/N.º
Providencia de Alcaldía
15/02/2024
Informe Jurídico
15/02/2024
Providencia de Alcaldía
15/02/2024
Convocatoria a la representación legal de las personas trabajadoras
15/02/2024
Acta de la reunión de la representación legal de las personas trabajadoras
22/02/2024
Observaciones
Examinada la documentación que la acompaña y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.s) de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
RESUELVO:
Primero.- Acordar la implantación del Sistema Interno de Información del Ayuntamiento de Baterno.
Segundo.- Designar al Comité Antifraude de este Ayuntamiento, y dentro del mismo al titular de la SecretaríaIntervención del Ayuntamiento de Baterno, como Responsable del Sistema Interno de Información, y de la
tramitación diligente del procedimiento de gestión de informaciones, conforme a lo establecido en el artículo
9.1. LPI.
Tercero.- Aprobar el documento denominado "Políticas del Sistema Interno de Información y protección de las
personas informantes y las personas afectadas del Ayuntamiento de Baterno", que se adjuntará como anexo I
a la presente resolución.
Cuarto.- Aprobar el documento denominado "Instrucción sobre el procedimiento del Ayuntamiento de
Baterno de gestión de las informaciones recibidas en el Sistema Interno de Información" que se adjuntará
como anexo I a la presente resolución.
Quinto.- Crear el canal interno de información del Ayuntamiento de Baterno.
Sexto.- Crear el libro registro previsto en el artículo 26 LPI.
Séptimo.- Publicar la presente resolución y sus anexos en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, a los
efectos legales oportunos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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