Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (01520/2024)
Decreto de implantación del sello de órgano y regulación de actuaciones administrativas automatizadas, en el ámbito de la Diputación de Badajoz
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Área de Presidencia y Relaciones Institucionales

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OID.2.16.724.1.3.5.6.2.5=Delegación con competencias en materia de Economía y
Hacienda
Válido desde el 22.03.2024 al 22.03.2027
Emisor:
CN = AC Sector Público
2.5.4.97 = VATES-Q2826004J
OU = Ceres
O = FNMT-RCM
C = ES

Segundo.- El presente decreto surtirá efectos desde el mismo día de su autorización, sin perjuicio de la
publicidad a que deba someterse y las características técnicas del sistema de firma y certificado aplicable,
derivadas del Esquema Nacional de Interoperabilidad y de la política de firma electrónica, quedando
condicionada su entrada en vigor a las disponibilidades técnicas necesarias para su efectiva implantación.
Tercero.- Por la Presidencia de la Diputación de Badajoz, mediante resolución, se podrán incorporar nuevas
actuaciones administrativas automatizadas que se publicarán en la sede electrónica.
Cuarto.- Los sellos electrónicos de los órganos referidos, se podrán emplear para llevar a cabo todas las
actuaciones administrativas automatizadas propias de los procedimientos de aplicación que se encuentren
incorporados a la sede electrónica.
Quinto.- Desde la Institución Provincial, se tramitará la solicitud del correspondiente sello electrónico de
órgano, y el Área de Tecnología y Digitalización, será la unidad responsable de su implantación, soporte y
administración técnica, así como de la definición de las especificaciones, programación, mantenimiento,
supervisión y control de calidad, auditoria del sistema de información y de su código fuente, en relación con
los actos y actuaciones que se determinan como actuaciones administrativas automatizadas, siendo el
Órgano responsable a afectos de impugnación, la Presidencia de la Diputación Provincial de Badajoz.
Sexto.- Publicar la presente resolución, en el Boletín Oficial de la Provincia, para general conocimiento, así
como en la intranet documental, a efectos de su conocimiento por todas las Unidades
Administrativas/Centros Gestores de la Diputación y de sus empleados públicos, así como en la sede
electrónica de la Diputación Provincial de Badajoz (apartado de normativa), en cumplimiento de lo dispuesto
en el artículo 40.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dando también
publicidad de la presente en el portal web de transparencia de la Diputación Provincial, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 6 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información
pública y buen gobierno.
Séptimo.- En la sede electrónica de la Diputación estará disponible la relación de sellos electrónicos utilizados,
entre ellos los que con la presente resolución se crean y regulan, y se incluirá la información relativa a las
características de los certificados y los prestadores que los hayan expedido. La validación de los certificados
electrónicos, podrá realizarse a través del servicio VALIDe, de la plataforma @firma, desde la dirección
electrónica https://valide.redsara.es.
Octavo.- Comunicar la resolución adoptada a la Secretaría General, Intervención General, Tesorería General,
Área de Tecnología y Digitalización, para realizar los trámites oportunos, ante la Fábrica Nacional de Moneda y
Timbre-Real Casa de la Moneda FNMT-RCM, a efectos de certificados, conforme al Reglamento eIDAS, así
como a la Ley 40/2015 RJSP.
Lo dispone así, el Presidente de la Institución, con fecha de firma electrónica, y por el Secretario General, se toma razón para
su transcripción al libro electrónico de resoluciones, a los solos efectos de garantizar la integridad, autenticidad, calidad,
confidencialidad, protección y conservación de los ficheros electrónicos correspondientes, conforme a lo dispuesto en el
artículo 3.2, e) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el Régimen Jurídico de los Funcionarios de
Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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