Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zalamea de la Serena. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (01521/2024)
Bases reguladoras de la convocatoria de ayudas económicas de apoyo social para contingencias
15 páginas totales
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Ayuntamiento de Zalamea de la Serena

Anuncio 1521/2024

Nombre y apellidos

DNI

Ingresos

Importe

4. Concepto/s e importe/s de la solicitud de ayuda extraordinaria de apoyo social para contingencias.

Alojamiento:
Gastos de Alquiler

Importe:

euros

Gastos de Préstamo hipotecario

Importe:

euros

Alojamiento temporal/Traslado de enseres

Importe:

euros

Gastos de mobiliario básico

Importe:

euros

Gastos de electrodomésticos

Importe:

euros

Gastos de pequeñas reparaciones o adaptaciones

Importe:

euros

Necesidades básicas:

Importe:

euros

Gasto farmacéutico

Importe:

euros

Vacunas indispensables

Importe:

euros

Desplazamientos

Importe:

euros

Alojamiento durante tratamiento

Importe:

euros

Prótesis auditivas

Importe:

euros

Gafas

Importe:

euros

Material ortoprotésico

Importe:

euros

Tratamiento dental

Importe:

euros

Endeudamiento previo de

Importe:

euros

Carencia crítica excepcional

Importe:

euros

Instalaciones y/o equipamiento básico:

Asistencia sanitaria/sociosanitaria no cubiertos por el sistema público:

5. Documentación que se acompaña a la solicitud (marcar con una X):
El Documento Nacional de Identidad o el pasaporte.
En caso de nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, de Estados parte en el acuerdo sobre el Espacio
Económico Europeo y de Suiza, deberán aportar copia del pasaporte o documento de identidad válido en vigor, así como del
certificado de registro como persona con residencia comunitaria.
El resto de nacionalidades extranjeras distintas a la Unión Europea deberán aportar copia de la autorización de trabajo o
autorización de residencia y trabajo en vigor. En defecto de los mismos, deberá aportarse copia del pasaporte o documento
de identidad válido en vigor y del certificado original expedido por la Brigada de Extranjería de la Policía Nacional
acreditativa de la residencia legal en territorio español.
En el caso de personas refugiadas, deberán aportar copia del documento en vigor que así lo acredite si tuvieran ya
reconocida esta condición o, en caso de solicitud de asilo en trámite, deberán aportar el comprobante de su solicitud
sellado, así como, en ambos casos, copia de su pasaporte o documento de identidad válido en vigor.
En caso de estancia autorizada por razones humanitarias, deberán aportar copia de su pasaporte o documento de identidad
válido en vigor y documentación oficial acreditativa de la autorización en vigor.
En su caso, certificado de persona emigrante extremeña retornada.
En caso de personas transeúntes, deberá aportarse certificado de la dirección del centro en que resida o esté siendo
atendido/a acreditativo de la fecha de ingreso, así como si convive o no con algún familiar, indicando el parentesco.
Certificado actualizado de empadronamiento colectivo en el que figure la antigüedad de inscripción en el Padrón
Municipal de la persona solicitante. No se admitirán aquellos que hayan sido emitidos con una antelación superior al mes a
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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