Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Campanario. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (01456/2024)
Aprobación del Plan de Medidas Antifraude
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Ayuntamiento de Campanario

Anuncio 1456/2024

ENCARGOS A MEDIOS PROPIOS
Banderas rojas

Controles propuestos

Aplicación incorrecta de las tarifas y costes
Ausencia de tarifas aprobadas por el
órgano competente o falta de
actualización.

- Comprobar que el medio propio dispone de tarifas aprobadas (y
actualizadas cuando proceda), con el nivel de detalle necesario, aplicables
para determinar la retribución del encargo.

Aplicación incorrecta de las tarifas
aplicadas en la elaboración del
presupuesto.
Estimación incorrecta de las unidades
a las que se aplican las tarifas en la
elaboración del presupuesto.
No se han compensado las actividades
subcontratadas.

- Comprobar que se dispone de un procedimiento de elaboración del
presupuesto de los encargos a medios propios que contemple la
compensación de las unidades subcontratadas, y que se aplica
correctamente.

Aplicación de IVA cuando se trata de
una operación no sujeta (artículo 7. 8.º
Ley del IVA).

- Comprobar que se dispone de un procedimiento de elaboración del
presupuesto de los encargos a medios propios que contemple la sujeción o
no de la operación al IVA, y que se aplica correctamente.

Incumplimiento de los límites de subcontratación y limitación de concurrencia
No se ha informado al ente que realiza
el encargo de la subcontratación
realizada por el medio propio.

- Comprobar que el ente que realiza el encargo lleva a cabo un seguimiento
o control al medio propio para verificar si ha habido subcontratación, así
como para verificar si la subcontratación se ha llevado a cabo de acuerdo
con lo establecido en el artículo 32.7 de la LCSP.

Las actividades subcontratadas
superan el límite del 50% del encargo.

- Comprobar que el ente que realiza el encargo lleva a cabo un seguimiento
o control al medio propio para verificar si la subcontratación ha respectado
el límite del 50% del importe del encargo establecido en el artículo 32.7 de la
LCSP, salvo que concurran las causas excepcionales previstas en el último
párrafo de dicho artículo con las modificaciones introducidas por la
disposición final 5ª del Real Decreto-ley 36/2020.

El medio propio ha obtenido bajas
sustanciales de precio en el
procedimiento de licitación que no ha
facturado al coste real.

- Comprobar que el ente que realiza el encargo lleva a cabo un seguimiento
o control al medio propio para verificar el precio real de las prestaciones
subcontratadas y comprobar que se realizan en la liquidación del importe
del encargo las reducciones correspondientes sobre el precio inicialmente
previsto.

El precio subcontratado supera la
tarifa aplicable.

- Comprobar que el ente que realiza el encargo lleva a cabo un seguimiento
o control al medio propio para verificar si la cuantía de las actividades
subcontratadas se corresponde con los costes efectivos de la actividad
soportados por el medio propio.

El medio propio subcontrata siempre
con los mismos proveedores.

- Verificar que las contrataciones realizadas por el medio propio se someten
a la LCSP en los términos que sean procedentes.- Verificar que el medio
propio destinatario del encargo dispone de una política de conflicto de
intereses.

Incumplimiento total o parcial de las prestaciones objeto del encargo
Retrasos injustificados en los plazos
de entrega.

- Establecimiento de un procedimiento para la realización de encargos que
contemple su adecuada planificación y análisis de plazo de ejecución, así
como los mecanismos y trámites a realizar en caso de causas sobrevenidas
que supongan prórrogas o ampliaciones de plazo.
- Establecimiento por parte del ente que realiza el encargo de un sistema de
seguimiento y control de cumplimiento de los hitos o entregas parciales
durante la ejecución del encargo

No hay entrega de los productos o no
se realiza el servicio, total o parcial.

- Establecimiento por parte de ente que realiza el encargo de mecanismos
de seguimiento y control de la ejecución del encargo de acuerdo con lo
previsto en las prescripciones técnicas.

Servicios o productos entregados por
debajo de la calidad esperada.

- Establecimiento por parte de la entidad que realiza el encargo de
mecanismos de seguimiento y control de la ejecución del encargo de
acuerdo con lo previsto en las prescripciones técnicas.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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