Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdecaballeros. (01504/2024)
Aprobación de las bases y convocatoria para la creación de una bolsa perteneciente a la escala de Administración General, Administrativo
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Ayuntamiento de Valdecaballeros

Anuncio 1504/2024

cualquier medio que se utilice para la comunicación de los resultados parciales o definitivos del proceso selectivo así como
para la verificación, por parte del organismo competente, de la acreditación del nivel de conocimientos, titulaciones, y, en
general, de aquellos datos que sean necesarios para la ejecución del proceso selectivo por parte del propio Tribunal.
Quinto.- Acompaño junto a la solicitud la siguiente documentación:
- Fotocopia del NIF o, en su caso, pasaporte.
- Documentación acreditativa de la titulación y permisos exigidos para acceder a la plaza.
- Méritos para valoración fase de concurso.
Por lo expuesto,
SOLICITA:
Que, de conformidad con el artículo 88 y siguientes de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura y los
artículos 55 y siguientes del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se admita esta solicitud para el proceso de selección de personal referenciado.
En _____________________, a ____ de ______________ de 2024.
El/la solicitante

Firma:__________________________

Sra. Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Valdecaballeros (Badajoz).
_____________________
ANEXO II
1.- La Constitución Española de 1978: Título Preliminar. De los derechos y deberes fundamentales: de los españoles y los
extranjeros; derechos y libertades, de los principios rectores de la política social y económica; de las garantías de las
libertades y derechos fundamentales; de la suspensión de los derechos y libertades.
2.- El Estatuto de Autonomía de Extremadura: Disposiciones generales. Derechos, deberes y principios rectores. Las
competencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Las instituciones de Extremadura.
3.- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (I): De los
interesados en el procedimiento.
4.- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (II): De la
actividad de las Administraciones Públicas.
5.- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (III): De los actos
administrativos. Actos nulos y anulables.
6.- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (IV): De las
disposiciones sobre el procedimiento administrativo común. Garantías del procedimiento, Iniciación, Ordenación,
Instrucción y Finalización del procedimiento. De la tramitación simplificada del procedimiento administrativo común.
7.- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (V): Revisión de
oficio. Recursos administrativos.
8.- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (I): De los órganos administrativos, Competencia.
Abstención y recusación.
9.- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (II): Principios de la potestad sancionadora.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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