Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Campanario. Delegación de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (01453/2024)
Aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones 2024
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Ayuntamiento de Campanario

Anuncio 1453/2024

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Campanario
Campanario (Badajoz)
Anuncio 1453/2024
Aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones 2024

APROBACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE CAMPANARIO PARA EL EJERCICIO 2024
El Pleno del Ayuntamiento de Campanario, en sesión ordinaria celebrada el 4 de abril de 2024, aprobó el siguiente Plan
Estratégico de Subvenciones para el ejercicio 2024:
«PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE CAMPANARIO
1.- Preámbulo.
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, supone un paso más en el proceso de
perfeccionamiento y racionalización del sistema económico. Uno de los principios que rige la Ley es el de la
transparencia que, junto con la gran variedad de instrumentos que se articulan en la Ley, redunda de forma
directa en un incremento de los niveles de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto público subvencional.
El artículo 8.1 LGS establece que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que
propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un Plan Estratégico
de Subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su
consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación.
A su vez, la disposición final primera LGS dispone que el referido artículo tiene carácter básico, resultando de
aplicación a todas las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.4 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los planes
estratégicos contendrán previsiones para un periodo de vigencia de tres años, salvo que por la especial
naturaleza del sector afectado, sea conveniente establecer un Plan Estratégico de duración diferente.
En este sentido, una mayor información acerca de las subvenciones hará posible eliminar las distorsiones e
interferencias que pudieran afectar al mercado, además de facilitar la complementariedad y coherencia de las
actuaciones de las distintas Administraciones Públicas evitando cualquier tipo de solapamiento.
Por ello, este Ayuntamiento aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones cuyo articulado figura a
continuación.
2.- Disposiciones generales.
2.1.- La concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Campanario durante el período 2024 se ajustará a
lo dispuesto en la Ordenanza general reguladora de subvenciones y ayudas, y al presente Plan Estratégico.
2.2.- La concesión de subvenciones requerirá la inclusión previa de las consignaciones correspondientes en
los presupuestos municipales de cada año y la aprobación de las convocatorias que contengan las bases
reguladoras de su concesión.
2.3.- El establecimiento de subvenciones queda supeditado al cumplimiento de los objetivos de estabilidad
presupuestaria, por lo que las consignaciones presupuestarias que se aprueben y las bases reguladoras de su
concesión se acomodarán en cada momento a dichos objetivos.
2.4.- La aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones no supone la generación de derecho alguno en favor
de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir indemnización o compensación alguna en caso de que
el Plan no se lleve a la práctica en sus propios términos.
3.- Principios generales.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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