Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (01364/2024)
Extracto de las bases específicas con convocatoria de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a fomento del turismo para el año 2024
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Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo
Badajoz
Anuncio 1364/2024
Extracto de las bases específicas con convocatoria de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a fomento del
turismo para el año 2024

EXTRACTO DE LAS BASES ESPECÍFICAS CON CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ
DESTINADAS AL FOMENTO DEL TURISMO EN EL AÑO 2024
BDNS (IDENTIF.): 752205
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/752205).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrasn).
Primero.- Objeto.
A través de estas bases, la Diputación de Badajoz establece las normas específicas en el marco de la Ordenanza General de
Subvenciones, para regular el acceso a subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva ordinaria, de los
ayuntamientos, entidades locales menores, las asociaciones, federaciones y otras entidades sin fines de lucro para
proyectos cuya finalidad sea fomentar el desarrollo turístico de la Provincia, mediante acciones que permitan difundir sus
valores y atractivos turísticos, realizando cuantas actuaciones contribuyan al desarrollo y aprovechamiento de los recursos
turísticos, durante todo el año 2024, constituyendo una finalidad instrumental de la convocatoria el compromiso con los
valores democráticos en los términos establecidos en estas bases.
Segundo.- Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los ayuntamientos, entidades locales menores, asociaciones, federaciones y
otras entidades sin fines de lucro de la provincia de Badajoz.
Tercero.- Dotación presupuestaria.
Estas subvenciones se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 206/43200/48001/46200/46800 "Convocatoria
Fomento del Turismo" del presupuesto general de la entidad para 2024, con una dotación de 449.204,40 euros para la línea
1 y en las aplicaciones presupuestarias 206/94243/46201/0800 con una dotación de 100.000,00 euros para la línea 2.
La distribución de créditos entre ambas líneas tiene carácter estimativo, por lo que, si de las solicitudes, estudio y propuesta
de concesión se dedujera una alteración de la mencionada distribución, no se requerirá nueva convocatoria para realizar el
traspaso de créditos de una línea a la otra, aunque sí las modificaciones que correspondan en el expediente de gastos, antes
de la resolución de concesión.
Los importes iniciales propuestos podrán verse incrementados mediante el traspaso créditos sobrantes de una línea a otra,
así como en una cuantía adicional cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria,
de conformidad con lo establecido el artículo 58 del Reglamento 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Cuarto.- Solicitudes.
El plazo para presentar la solicitud será de 20 días naturales, a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), por el conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(BDNS). Igualmente, se realizará la publicación de las bases reguladoras en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
Las solicitudes se tramitarán exclusivamente a través de la sede electrónica de la Diputación de Badajoz.
La presentación se realizará exclusivamente a través del registro electrónico ubicado en la página principal de Diputación de
Badajoz en la dirección electrónica: https://sede.dip-badajoz.es/ pudiendo llevarse a cabo durante las 24 horas de todos los
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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