Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (01438/2024)
Aprobación inicial de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por instalación de puestos, barracas, caseta de venta, espectáculos, atracciones de recreo, situados en terrenos de uso público
3 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero

Anuncio 1438/2024

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero
Torre de Miguel Sesmero (Badajoz)
Anuncio 1438/2024
Aprobación inicial de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por instalación de puestos, barracas, caseta
de venta, espectáculos, atracciones de recreo, situados en terrenos de uso público

La Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero,
Hace saber: Que el Ayuntamiento Pleno, con fecha 2 de abril de 2024, aprobó inicialmente la modificación de la Ordenanza
fiscal reguladora de la tasa por instalación de puestos, barracas, caseta de venta, espectáculos, atracciones de recreo,
situados en terrenos de uso público local así como industrias callejeras y ambulantes y rodaje cinematográfico.
Y cumpliendo lo dispuesto en los artículos 111 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y
17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, se halla de manifiesto al público el expediente en cuestión en la Secretaría de este Ayuntamiento, por el
plazo de treinta días hábiles, durante los cuales podrán examinarse y presentar cuantas reclamaciones y sugerencias
estimen pertinentes los interesados legítimos.
Asimismo, estará a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de esta entidad
(https://accede.dip-badajoz.es/portal/entidades.do?ent_id=117&idioma=1).
En el supuesto de que no se presentasen reclamaciones a dicho expediente en el plazo anteriormente indicado, el acuerdo
será definitivo, en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Torre de Miguel Sesmero, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, Beatriz González Fernández.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 2 de 3