Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cordobilla de Lácara. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01409/2024)
Aprobación definitiva de las bases reguladoras para la concesión de licencia de auto-taxi y apertura del plazo de presentación de solicitudes
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Ayuntamiento de Cordobilla de Lácara

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Cuarta.- Requisitos de los vehículos adscritos al servicio de taxi.
1.- Los vehículos adscritos a las licencias de auto-taxi, deberán cumplir los siguientes requisitos: pintura
blanca, distintivo del municipio de Cordobilla de Lácara, los equipamientos reconocidos legalmente.
2.- Con carácter general, y sin perjuicio de las excepciones previstas en la normativa vigente, el vehículo
destinado al servicio de taxi contará con una capacidad máxima de 5 plazas incluido el conductor o
conductora. Los conductores y conductoras serán los responsables de la colocación de los anclajes y
cinturones de seguridad y de la manipulación de los equipos instalados en los vehículos adaptados para
facilitar el acceso y la salida de los vehículos de las personas que usan sillas de ruedas, con o sin motor, o
escúteres o que tengan otro tipo de discapacidad.
Nota:
(Téngase en cuenta que el RD 537/2019 ha introducido una disposición adicional 5.ª en el RD 1544/2007, que
dispone que las normas establecidas en este Real Decreto que afectan al uso de sillas de ruedas en los
diferentes transportes terrestres, siempre que ello sea técnicamente viable en condiciones de seguridad, se
aplicarán, sin sobrecoste alguno para el usuario, en relación con las sillas de ruedas con motor eléctrico y
escúteres con tres o más ruedas que cumplan la norma UNE-EN 12184 sobre sillas de ruedas con motor
eléctrico, escúteres y sus cargadores, cuyas dimensiones máximas de longitud y anchura sean,
respectivamente, de 1.300 por 700 milímetros.
Las empresas que presten los servicios de transporte deberán conocer las características técnicas y de
seguridad de los medios de que disponen para informar a los viajeros sobre las características de las sillas y,
en su caso, escúteres admisibles en cada supuesto).
3.- La expedición de las correspondientes licencias a favor de los adjudicatarios requerirá la previa verificación
de los vehículos adscritos a las mismas, debiendo acreditar el cumplimiento de todos los requisitos exigidos
legalmente y, en particular, la correcta instalación del taxímetro y la pintura, distintivos y equipamientos
exigidos en la Ordenanza municipal vigente.
Quinta.- Criterios de adjudicación de las licencia.
1.- Las solicitudes de participación en el presente proceso de adjudicación serán objeto de valoración con arreglo a los
siguientes criterios:
a) A los conductores asalariados de los titulares de licencias de auto-taxi que presten el servicio con plena y exclusiva
dedicación en la profesión, debidamente acreditada por un período mínimo de un año, se le asignarán 50 puntos.
b) Por acreditar experiencia en el transporte de viajeros, se asignarán 10 puntos por año debidamente acreditado,
hasta un total de 30 puntos.
c) Por encontrarse en situación legal de desempleo, acreditada por el correspondiente Servicio de Empleo se
asignará 1 punto por cada año continuado en dicha situación.
d) Por adscribir a la licencia un vehículo de nueva adquisición, con matriculación posterior a la fecha de adjudicación
de las presentes licencias, se asignarán 25 puntos. Si el vehículo está adaptado para el transporte de minusválidos
físicos se asignarán 25 puntos adicionales. Para la valoración de este extremo deberá aportarse la propuesta de
adquisición del vehículo formalizada ante concesionario oficial o distribuidor autorizado, incluyendo la
documentación acreditativa de sus características técnicas y de la adaptación.
2.- En caso de empate entre dos o más aspirantes, se asignará la licencia a quien acredite mayor puntuación en el apartado
d); si persistiera el empate se primará la puntuación obtenida en el apartado a) y, finalmente la obtenida en el apartado b).
En caso de persistir el empate se decidirá por sorteo.
Sexta.- Gastos
Los adjudicatarios de las licencias objeto de la presente adjudicación quedan obligados al pago de los anuncios realizados
en la misma, así como de todos los impuestos, tasas y arbitrios que les fueran aplicables.
Séptima.- Presentación de proposiciones
Las solicitudes para participar en la presente convocatoria se presentarán en el Registro General de entrada de documentos
de este Ayuntamiento, en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio
en el Boletín Oficial del Provincia de Badajoz, y se ajustarán al modelo que se inserta a continuación. Las bases también se
publicarán en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en su sitio web.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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