Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Campillo de Llerena. Delegación de Cultura, Deportes y Juventud. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (01366/2024)
Lista definitiva de admitidos/excluidos del proceso de estabilización de una plaza de Agente de Empleo y Desarrollo Local AEDL
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Ayuntamiento de Campillo de Llerena

Anuncio 1366/2024

Segundo: Designar a los siguientes miembros del Tribunal Calificador:
Presidente: Don Manuel Carrasco Méndez.
Suplente: Don José Alberto Méndez Venegas.
Vocal: Doña Silvia Soult Guerrero.
Suplente: Doña María Guerrero Guerrero.
Vocal: Don Monserrat Jiménez Martín.
Suplente: Don Juan Carlos Campanón Barreto.
Vocal: Doña M.ª del Pilar Plumed Mimoso.
Suplente: Doña M.ª de la Luz Montero Antúnez.
Secretaria: Doña M.ª Nazaret Mesias Barrio.
Suplente: Doña Antonia María Arévalo Miranda.
Tercero. Notifíquese a los miembros del Tribunal de selección la presente resolución, poniendo en su
conocimiento que la fecha de constitución del mismo queda fijada para el próximo 16 de abril de 2024, a las
10:00 horas, en el Ayuntamiento de Campillo de Llerena a efectos de proceder a la baremación de los méritos.
Cuarto. Publíquese la presente resolución para general conocimiento en el BOP de Badajoz y en la sede
electrónica del Ayuntamiento de Campillo de Llerena https://campillodellerena.sedelectronica.es/.
Lo que se hace público para general conocimiento y efectos oportunos.
Contra referida resolución, la cual pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente recurso potestativo
de reposición ante el Alcalde, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio
en el BOP de Badajoz, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponerse directamente recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Badajoz en el plazo de 2 meses, a contar desde la misma
fecha indicada anteriormente, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
En Campillo de Llerena, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, José Antonio Lianes Vera.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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