Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (01347/2024)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza municipal de seguridad y convivencia ciudadana en el espacio público de Torre de Miguel Sesmero
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Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero
Torre de Miguel Sesmero (Badajoz)
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Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza municipal de seguridad y convivencia ciudadana en el espacio
público de Torre de Miguel Sesmero

Transcurrido el plazo de exposición al público del acuerdo provisional de modificación de la Ordenanza municipal de
seguridad y convivencia ciudadana en el espacio público de Torre de Miguel Sesmero, adoptado en sesión ordinaria
celebrada por el Pleno del Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero el día 25 de enero de 2024, y publicado en el Boletín
Oficial de la Provincia número 30 de 12 de febrero de 2024, y no habiéndose presentado reclamaciones a dicho acuerdo,
queda elevado a definitivo, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Lo que se hace público a los efectos previstos en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril y 17.4 del Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, publicándose el texto de la modificación.
Contra el presente acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo
en la forma y plazos que establezcan las normas reguladoras de dicha jurisdicción.
"ORDENANZA MUNICIPAL DE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA CIUDADANA EN EL ESPACIO PÚBLICO DEL AYUNTAMIENTO DE
TORRE DE MIGUEL SESMERO
Artículo 7. Fomento de la convivencia ciudadana y del civismo
2. Concretamente, y sin perjuicio de las actuaciones que se puedan acordar, el Ayuntamiento:
a) Llevará a cabo las campañas informativas de comunicación que sean necesarias, con la intensidad y la
duración oportunas y utilizando los medios adecuados para llegar a las comunidades o colectivos específicos,
sobre la necesidad de garantizar y fomentar la convivencia y de respetar los derechos de los demás y el
propio espacio público.
b) Estimulará el comportamiento solidario de los ciudadanos y las ciudadanas en los espacios públicos para
que presten ayuda a las personas que la necesiten para transitar u orientarse, que hayan sufrido accidentes o
que se encuentren en circunstancias similares. Se fomentarán también otras actitudes de solidaridad que
contribuyan a que la ciudad sea más amable y acogedora, especialmente con las personas que más lo
necesiten.
c) Promoverá el respeto a la diversidad cultural y religiosa, con el fin de evitar actitudes contrarias a la
dignidad de las personas y comportamientos discriminatorios, especialmente de naturaleza xenófoba, racista,
sexista u homófoba".
Torre de Miguel Sesmero, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, Beatriz González Fernández.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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