Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Codosera. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (01339/2024)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal número 16, reguladora de la tasa por distribución de agua potable, incluidos los derechos de enganche, colocación y utilización de contadores
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Ayuntamiento de La Codosera

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de La Codosera
La Codosera (Badajoz)
Anuncio 1339/2024
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal número 16, reguladora de la tasa por distribución de agua
potable, incluidos los derechos de enganche, colocación y utilización de contadores

Por el Pleno de esta Corporación, en su sesión del día 7 de febrero de 2024, se aprobó inicialmente el expediente de
modificación de la Ordenanza fiscal número 16: Tasa por distribución de agua potable, incluidos los derechos de enganche,
colocación y utilización de contadores.
Dicho acuerdo ha resultado definitivo al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo, siendo ejecutivo sin más
trámites, una vez se haya publicado íntegramente el acuerdo y el texto de la modificación, según anexo I, en el Boletín Oficial
de la Provincia (artículo 17.4 TR 2/2004, de 5 de marzo, de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Contra el presente acuerdo definitivo los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz, previa interposición del recurso de reposición ante el Pleno, en el plazo de un
mes desde esta publicación.
ANEXO I
TASA POR DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE, INCLUIDOS LOS DERECHOS DE ENGANCHE, COLOCACIÓN Y UTILIZACIÓN DE
CONTADORES
Se aplicarán las siguientes tarifas progresivas:
1. Suministro a particulares.

Consumo

Importe

Hasta 12 m³ bimensuales

6,00 euros

De 12,01 a 20 m³

0,60 euros/m³

De 20,01 a 30 m³

0,85 euros/m³

De 30,01 a 40 m³

1,00 euros/m³

De 40,01 a 50 m³

2,00 euros/m³

De 50,01 a 100 m³

3,00 euros/m³

Más de 100 m³

4,00 euros/m³

2. Suministro a industriales.

Consumo

Importe

Hasta 12 m³ bimensuales

6,00 euros

De 12,01 a 30 m³

0,60 euros/m³

De 30,01 a 50 m³

0,85 euros/m³

De 50,01 a 75 m³

1,00 euros/m³

De 75,01 a 100 m³

2,00 euros/m³

Más de 100 m³

3,00 euros/m³

A estas cantidades se les aplicará el IVA vigente.
La Codosera, a fecha de la firma digital.- El Secretario-Interventor, Miguel Ángel Bermejo Pacheco.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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