Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (01241/2024)
Subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a ayuntamientos y entidades locales menores de la provincia de Badajoz para proyectos de reactivación de la economía local 2024
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Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo

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f. Participar en las campañas provinciales de sensibilización y divulgación llevadas a cabo por Diputación de
Badajoz, así como en otras actuaciones que se estimen para divulgar y comunicar a la ciudadanía los
resultados de los proyectos subvencionados.
g. Comunicación a través del correo emprendimientocid@dip-badajoz.es, a la Diputación de Badajoz de
cualquier acto público de presentación (rueda de prensa, presentaciones, etc.) que pueda realizarse con
motivo de la realización de la actividad subvencionada para que la Diputación de Badajoz pueda estar
presente en el mismo.
h. Cualquier otra obligación establecida en las presentes bases.
Base 10. Justificación de la subvención. estructura y alcance.
Al tratarse de subvenciones concedidas por importe inferior a 60.000,00 euros, y conforme al artículo 75 del Reglamento de
la Ley 38/2003, se prevé la cuenta justificativa simplificada como documento con validez jurídica para la justificación, con las
peculiaridades y características que a continuación se detallan:
A. Plazo de justificación y pagos de las actuaciones: El pago de los gastos y la justificación de la subvención
otorgada habrá de efectuarse con fecha límite del 31 de enero de 2025.
B. Forma de remisión de la justificación: El expediente justificativo se remitirá a través de medios electrónicos
en el registro electrónico ubicado en la página principal de Diputación de Badajoz en la dirección electrónica:
https://sede.dip-badajoz.es/ pudiendo llevarse a cabo durante las 24 horas de todos los días del plazo
establecido.
Los modelos normalizados de remisión de la documentación para la justificación del objeto de la subvención,
así como la subsanación de la misma, estarán disponibles en la sede electrónica de la Diputación de Badajoz,
dentro de los trámites de la Delegación de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo.
La remisión de la justificación deberán acompañarse de los documentos de justificación adicionales que sean
necesarios conforme a los modelos normalizados, que podrán descargarse en:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
https://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo.
C. Justificación técnica. Se deberá presentar una memoria final firmada por el representante legal de la
entidad en la que se haga una descripción detallada de las actividades realizadas y los resultados obtenidos,
incluyendo de forma expresa los indicadores establecidos en la base 12 de la convocatoria, así como una
copia de todo el material documental (gráfico, digital o audiovisual) a que dé lugar la realización del proyecto,
destacando dónde han hecho constar la colaboración de la Diputación de Badajoz y su imagen corporativa,
según establecen el apartado d) de la base 9 de la convocatoria (*). Además deberá incluir declaración de que
el objeto de la subvención se ha ejecutado y que la subvención concedida ha sido destinada a los fines para
los cuales se otorgó.
Se incluirá un dossier fotográfico en formato digital (.jpg o .png o .tif) que acredite gráficamente la realización
de la/s actividad/es subvencionada/s, la participación y la localización.
(*) Si la entidad beneficiaria quisiera aportar acreditación documental de las actividades realizadas, mediante
la presentación de imágenes correspondientes a cartelería, folletos, o por fotografías, vídeos u otros soportes
digitales con un tamaño superior al permitido por la sede electrónica solicitará al correo ofsubvenciones@dipbadajoz.es, la autorización para el acceso a la plataforma de intercambio de documentación Mercurio para su
aportación. No se admitirá la aportación física de esta documentación.
Para acreditar el grado de cumplimento de los indicadores de resultados se deberá aportar documentación
justificativa de cada uno de los mismos, además del anexo V debidamente cumplimentado.
D. Justificación económica.
D.1.- Importe a justificar.
Como regla general el importe a justificar es aquel que resulte en la resolución de concesión.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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