Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01277/2024)
Modificación de las bases reguladoras de la concesión de ayudas de emergencia social durante el año 2024
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena

Anuncio 1277/2024

1. Copia del documento acreditativo de la identidad de la persona
solicitante y de las demás personas miembros de la unidad de
convivencia de edad igual o superior a 14 años.
2. Copia del libro de familia.
3. En su caso, certificado del registro de parejas de hecho.
4. En caso de separación/divorcio o nulidad matrimonial, copia de
la correspondiente resolución, sentencia y/o convenio regulador.
5. Certificado de empadronamiento colectivo.
6. Documentos acreditativos de los ingresos económicos de cada
uno de los miembros de la unidad familiar, referidos al mes
anterior al de la fecha de la solicitud; nominas, pensiones,
prestaciones por desempleo, etc.
7. Dos presupuestos, al menos, del gasto a realizar, para el que se
solicita la ayuda.
8. Cuando se solicite la ayuda para vivienda, contrato de la
vivienda o alojamiento, nombre del solicitante o de alguno de los
miembros de su unidad de convivencia.
9. Alta de terceros, con indicación de los datos de la cuenta
bancaria del solicitante (IBAN y 20 dígitos).
El solicitante deberá autorizar a la administración municipal para poder recabar
de cualquier otra administración, entidad o particular, la información necesaria
para verificar o completar los datos declarados y la documentación aportada.
El plazo de las solicitudes se iniciará desde el día siguiente al de la publicación
del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, y finalizará el
día 16 de diciembre de 2024".

1.5. En el apartado segundo de la base decimosegunda ("causas de nulidad y anulabilidad"):
Donde dice:

"Serán causas de anulabilidad de las resoluciones de concesión de las ayudas
contempladas en estas bases el resto de infracciones del ordenamiento jurídico
y, en especial, de las reglas contenidas en la Ley General de Subvenciones".

Debe decir:

"Serán causas de anulabilidad de las resoluciones de concesión el resto de las
infracciones del ordenamiento jurídico".

Lo que se hace público para general conocimiento.
En Villanueva de la Serena, a fecha de la firma digital.- El Secretario General, Bernardo Gonzalo Mateo.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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