Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ribera del Fresno. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01264/2024)
Bases reguladoras de la convocatoria para la concesión de ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias 2024
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Ayuntamiento de Ribera del Fresno

Anuncio 1264/2024

recursos para la misma finalidad, el exceso de financiación si lo hubiere.
2. Previo informe motivado de los Servicios Sociales de Atención Social Básica, en la resolución de concesión podrá exigirse a
cualquiera de las personas integrantes de la unidad familiar la obligación de participar en acciones de inserción social,
laboral y/o formativas o análogas con el fin de propiciar su integración y de abandonar el proceso de exclusión o riesgo de
exclusión social en que se encuentra la unidad familiar.
Décimo quinto.- Reintegro.
1. Sin perjuicio de otras responsabilidades a que hubiere lugar, procederá el reintegro total o parcial de la ayuda cuando
concurra alguna de las causas previstas en el apartado siguiente.
2. Serán causa de reintegro:
a) Cualesquiera conductas fraudulentas u omisivas que dieran lugar a la concesión indebida de la prestación.
b) No justificar el destino dado a la ayuda, total o parcialmente. En este último caso, procederá la devolución
del importe no justificado adecuadamente.
3. En el caso de obtención concurrente de otras subvenciones o ayudas, se procederá al reintegro del exceso obtenido sobre
el coste de la actuación financiada.
4. Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de Derecho Público, siguiéndose para su cobranza el
procedimiento previsto en la normativa de régimen local y estatal que resulte de aplicación en este ámbito.
Disposición adicional primera.- Confidencialidad de los datos y colaboración entre Administraciones.
Todos los datos e informes que, con relación a personas beneficiarias de las ayudas extraordinarias de apoyo social para
contingencias o a sus unidades económicas de convivencia que pudieran ser requeridos o solicitados por las
Administraciones Públicas Extremeñas competentes se limitarán a los que resulten imprescindibles para la comprobación
del cumplimiento de los requisitos de acceso a las ayudas y de las obligaciones establecidas en el presente acuerdo.
Las Administraciones Públicas extremeñas garantizarán la confidencialidad de los datos obtenidos en la tramitación de los
expedientes por parte de los organismos competentes, en los términos previstos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de
diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Disposición adicional segunda.- Normativa supletoria.
En todo lo no previsto en las presentes bases, se estará a lo dispuesto en el decreto 110/2021, de 22 de septiembre, por el
que se regulan las ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias, la Orden de 2 de enero de 2023, por la que se
actualizan los límites de ingresos y los importes de las ayudas contempladas en el referido decreto, así como en la normativa
que se apruebe por el órgano competente de la Junta de Extremadura para la regulación anual del Programa de
Colaboración Económica Municipal para ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias o programa equivalente.
Disposición final primera.- Entrada en vigor.
El presente acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Igualmente se publicará en el tablón de anuncios y en la página web municipal.»
En Ribera del Fresno, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Miguel Ángel Araya Salguero.
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ANEXO I: CUANTÍAS MÁXIMAS
a) CUANTÍA MÁXIMA POR TODOS LOS CONCEPTOS: 1.600,00 euros.
b) CUANTÍAS MÁXIMAS POR CADA CONCEPTO:
1. Gastos de mobiliario básico:

Conceptos

Cuantía máxima

Mesa

100,00 €

Silla

50,00 €
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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