Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (01225/2024)
Subvenciones destinadas a apoyar a las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones para la realización de actividades dirigidas a promover la cultura, arte, tradiciones y gastronomía durante el ejercicio económico 2024
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Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo

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Cuantía individualizada de la subvención = crédito total disponible en la convocatoria dividido entre la suma
de la puntuación total obtenida por las solicitudes que han alcanzado la puntuación mínima establecida en la
correspondiente convocatoria para ser subvencionada y multiplicado por la puntuación obtenida por cada
solicitud.
La cuantía individualizada resultante tendrá como límite la cuantía solicitada por la entidad, así como la
cuantía individualizada máxima a conceder.
Una vez determinada la cuantía individualizada conforme a lo establecido anteriormente, si resultara crédito
sobrante, se procederá a repartir entre las solicitudes que no hayan obtenido subvención en la cuantía
solicitada ni hayan rebasado la cuantía máxima establecida. Este reparto se efectuará conforme a la fórmula
establecida respecto a las entidades que no hayan alcanzado los límites establecidos.
Se concederán subvenciones hasta llegar al límite del crédito total consignado especificado en la base 2. En el
supuesto que existiera un empate de puntos, entre distintas entidades, y el crédito disponible no fuera
suficiente para atender todas las solicitudes empatadas se procederá a un reparto equitativo de la cantidad
disponible entre las mismas.
Base 7.- Instrucción, comisión de valoración y resolución de la convocatoria.
El procedimiento de concesión de la subvención será el de concurrencia competitiva ordinaria, conforme se establece en el
artículo 41 A) 3.1.b) de las bases de ejecución del presupuesto vigente de la Diputación de Badajoz.
1.- Gestión e Instrucción.
La gestión e instrucción de los expedientes se llevará a cabo por el Área de Políticas Sociales y Cooperación
Internacional al Desarrollo que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la
determinación, conocimiento y comprobación de los datos a valorar para lo que podrá contar con la
asistencia administrativa necesaria. El órgano instructor del procedimiento es la Coordinadora del Área de
Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo.
Se establece una fase de preevaluación, donde se verificará el cumplimiento de las condiciones impuestas
para adquirir la condición de beneficiario de la subvención. Las solicitudes se analizarán una vez sea expedido
por la Secretaría General un certificado comprensivo de las solicitudes presentadas en el plazo establecido en
la base 4.
Una vez analizadas las solicitudes, y en los supuestos en que la solicitud o documentación presentada no
reúna los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o
acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su
petición conforme al artículo 68 de la Ley 30/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas
El trámite de subsanación de la solicitud se efectuará a través de la sede electrónica de Diputación de Badajoz
en la dirección https://sede.dip-badajoz.es
El acceso deberá realizarse con certificado digital de representación de la Entidad emitido a favor del
representante legal de la misma. Los pasos a seguir para realizar el acceso son:
1. Entrar en la dirección https://sede.dip-badajoz.es
2. En trámites por Delegaciones seleccionar Área de Políticas Sociales y Cooperación
Internacional al Desarrollo
3. Seleccionar el trámite Remisión de documentación para subsanación de solicitud de
convocatorias de concurrencia competitiva.
4. Identificarse con el certificado digital de representación del representante legal de la Entidad.
5. Cumplimentar los datos correspondientes a la Entidad y al representante legal de la Entidad.
6. Cumplimentar el formulario correspondiente a la subsanación de la solicitud.
7. Adjuntar la documentación requerida para la subsanación.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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