Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Burguillos del Cerro. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (01140/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de funcionamiento del servicio de ayuda a domicilio de Burguillos del Cerro
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Ayuntamiento de Burguillos del Cerro

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Burguillos del Cerro
Burguillos del Cerro (Badajoz)
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Aprobación definitiva del Reglamento de funcionamiento del servicio de ayuda a domicilio de Burguillos del Cerro

APROBACIÓN DEFINITIVA DEL REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO DE BURGUILLOS
DEL CERRO
No habiéndose presentado reclamaciones contra el acuerdo de este Ayuntamiento Pleno de 26 de enero de 2024, de
aprobación inicial del Reglamento de funcionamiento del servicio de ayuda a domicilio de Burguillos del Cerro, que fue
expuesto al público mediante edicto publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de 31 de enero de 2024, se considera
automáticamente elevado a definitivo dicho acuerdo inicial, publicándose a continuación el texto íntegro del mencionado
Reglamento en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local.
Contra la aprobación definitiva de esta norma local podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de 2 meses a contar desde el día
siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO
El decreto 12/1997, de 21 de enero, de la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Extremadura, por el que se
desarrollan las prestaciones básicas de servicios sociales de titularidad municipal, considera como una de las prestaciones
básicas la ayuda a domicilio, estableciendo en los artículos 2 y 3 del mismo que su gestión es competencia de los
ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a través de los Servicios Sociales de Base.
La evolución del servicio de ayuda a domicilio del Ayuntamiento de Burguillos del Cerro y la necesidad de hacer extensivo
este servicio a toda la población que sea susceptible de recibirlo, hace necesaria la regulación de la prestación con las
normas que se incorporan, a fin de que puedan ser conocidas y observadas por todas las personas que intervienen en él.
Primero: Objeto.
Es objeto del presente Reglamento la regulación de la prestación del servicio de ayuda a domicilio, en adelante SAD, en el
municipio de Burguillos del Cerro.
Segundo: Concepto.
Según decreto 12/1997, de 21 de enero, por el que se desarrollan las prestaciones básicas de Servicios Sociales de
titularidad municipal y se establecen las condiciones y requisitos de aplicación a las ayudas y subvenciones destinadas a su
financiación, la prestación del SAD tiene por objeto prestar, en el propio domicilio del ciudadano, diversas atenciones de
carácter doméstico, social, de apoyo psicológico y rehabilitador, a las personas y a las familias que lo necesiten por no poder
realizar sus actividades habituales, debido a situaciones de especial necesidad.
Tercero: Objetivos generales.
Son objetivos generales del servicio:
1. Mejorar la calidad de vida de las personas o grupos familiares con dificultades de autonomía.
2. Prevenir situaciones de necesidad y deterioro personal y social.
3. Posibilitar la integración en el medio de convivencia habitual, facilitando la independencia y previniendo el
aislamiento y la soledad.
4. Potenciar alternativas al ingreso en centros o establecimientos residenciales.
5. Apoyar a grupos familiares en sus responsabilidades de atención.
Cuarto: Objetivos específicos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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