Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01110/2024)
Extracto de la convocatoria para la concesión de ayudas a deportistas y entidades deportivas emeritenses en el año 2024
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Ayuntamiento de Mérida

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Mérida
Mérida (Badajoz)
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Extracto de la convocatoria para la concesión de ayudas a deportistas y entidades deportivas emeritenses en el año 2024

BASES REGULADORAS AYUDAS A DEPORTISTAS Y ENTIDADES DEPORTIVAS AÑO 2024
BDNS (identif.): 749306
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/749306).
Bases reguladoras y convocatorias para la concesión de ayudas a deportistas y entidades deportivas emeritenses en el año
2024.
Primera.- Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria, establecer las bases reguladoras que regirán las convocatorias de ayudas mediante
concurrencia competitiva y convocatoria abierta, para promover la practica del deporte base, fomentar el asociacionismo
deportivo, potenciar la actividad física deportiva en sus diferentes niveles o modalidades, y promover la mejora y
perfeccionamiento de deportistas locales, que destaquen en su participación y resultados en competiciones oficiales
nacionales e internacionales de las distintas modalidades deportivas reconocidas, tanto de deportes individuales como de
equipo y cumplan los requisitos y obligaciones establecidos en las presentes bases.
Segunda.- Requisitos para la recepción de las ayudas.
Podrán beneficiarse de las ayudas previstas en esta orden las personas o entidades deportivas, que reúnan los requisitos
recogidos en las bases en la fecha de presentación de las solicitudes.
Tercera.- Cuantía y créditos presupuestarios.
La cuantía global de las ayudas a que se refiere la presente convocatoria no excederá de 70.000,00 euros con cargo a la
partida número 3401-48000 (ayudas al deporte base y desplazamientos) del presupuesto del ejercicio 2024, para hacer
frente al gasto total que supone dicha convocatoria.
Cuarta.- Solicitudes.
Se clasificarán las solicitudes según sean de entidades deportivas y deportistas mayores o menores de 18 años.
Las personas interesadas deberán presentar la solicitud oficial, a través de la plataforma digital municipal
(https://sede.merida.es/), junto a la documentación requerida en las bases.
Quinta.- Forma y plazo de presentación.
Los documentos que han de acompañarse a las solicitudes, deberán ajustarse a los modelos previstos en los
correspondientes anexos que se dispondrán en la página web www.merida.es.
La solicitud y toda documentación anexa, deberá ser presentada en la plataforma Digital Municipal
"https://sede.merida.es/", o mediante cualquiera de las fórmulas contempladas en el artículo 16.4 de Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles, a
contar desde el siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Si las solicitudes o la documentación presentada no reuniese los requisitos establecidos, se concederá un plazo de 10 días
hábiles, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ordenanza General de Subvenciones Municipal, para que las
personas o entidades interesadas subsanen el defecto o aporten la documentación preceptiva, con indicación de que, si así
no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en
el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sexta.- Procedimiento y resolución.
El procedimiento de concesión será el previsto en el artículo 23 y siguientes de la Ley General de Subvenciones, así como el
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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