Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Barcarrota. (01096/2024)
Reglamento de régimen interno para la escuela profesional dual de empleo "Barcarrota Limpieza III"
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Ayuntamiento de Barcarrota

Anuncio 1096/2024

- Proponer acciones y actividades al equipo técnico y docente, que convengan a las alumnas a las que
representan por decisión consensuada de las mismas.
- Informar a sus compañeros de los aspectos relativos al taller.
- Elaborar y redactar propuestas para el equipo por iniciativa propia o a petición de sus compañeros.
- Comunicar a la dirección y/o a los miembros del equipo docente de los posibles problemas que se generen
en el programa.
II. CONDICIONES LABORALES
Artículo 7.- Horarios.
La jornada laboral de la EPD "Barcarrota Limpieza III" se establece en 37,5 horas semanales, que se distribuirán de lunes a
domingo. Se considera jornada laboral tanto las horas dedicadas a la formación teórico-práctica, como las dedicadas a
trabajos reales.
El horario de trabajo de este proyecto comienza a las 7,45 horas y finaliza a las 15,15 horas. A las 7,45 horas en punto, los
alumnos/trabajadores y el equipo directivo docente deben estar en el centro de formación.
A la hora que mejor se adapte a las necesidades y eficacia del proyecto, en cada una de sus especialidades, se establecerá
un descanso de 30 minutos, pasados los cuales, todo el personal se incorporará a las tareas que su monitor y/o monitora les
indiquen.
Artículo 8.- Calendario laboral.
El proyecto se regirá por el calendario laboral que anualmente elabora la administración, de tal forma que se considerarán
no laborables, además de los días considerados como tales a nivel nacional, regional, los 2 días establecidos por la entidad
promotora para el ejercicio 2023-2024.
Artículo 9.- Descanso semanal.
Equipo directivo docente y alumnado-trabajador tendrán derecho a un descanso semanal de 2 días ininterrumpidos que,
como regla general, comprenderá día completo del sábado y el día completo del domingo, a excepción de la participación en
eventos u actividades relacionados con la formación específica, o trabajo real.
Artículo 10.- Vacaciones anuales.
Equipo directivo-docente y alumnado-trabajador tendrán derecho a 30 días naturales de vacaciones anuales retribuidas o 22
días hábiles laborables.
El periodo de disfrute de las vacaciones anuales podrá dividirse libremente a lo largo del proyecto, atendiendo siempre a las
necesidades laborales del mismo.
Dichos periodos se determinarán por el equipo directivo docente, debiendo ser autorizados por la entidad promotora.
Las vacaciones no podrán ser sustituidas por compensación económica alguna.
Los miembros del equipo directivo-docente, de forma genérica, hará coincidir sus vacaciones con la de las
alumnas/trabajadoras.
Artículo 11.- Asuntos propios.
Se disponen de 8 días de asuntos propios, que no podrán ser acumulables con las vacaciones. Estos se deberán de
solicitarse por adelantado, para gestionarse correctamente, para el buen funcionamiento del programa.
III.- NORMAS DE FUNCIONAMIENTO INTERNO
Artículo 12.- Normas generales.
1. Toda ausencia diaria deberá ser justificada documentalmente.
Cuando se trate de un justificante médico y la dolencia le impida reincorporarse al proyecto con normalidad
después de la consulta, el facultativo deberá expedir la baja médica y hacer constar el tiempo previsto para la
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