Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torremayor. (01109/2024)
Convocatoria de concesión de ayudas para garantizar el acceso a los servicios de suministros mínimos vitales en el municipio de Torremayor durante 2024
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Ayuntamiento de Torremayor

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b) El ocultamiento o falseamiento de datos.
En ambos casos se perderá el derecho a la percepción de las ayudas para suministros mínimos vitales para
toda la anualidad y las ayudas ya percibidas en la misma anualidad tendrán la consideración de
indebidamente percibidas y nacerá la obligación de reintegrarlas.
Novena. Publicidad.
La presente convocatoria, así como los sucesivos anuncios relativos a las ayudas se publicarán en el tablón de
anuncios de la sede electrónica de este Ayuntamiento https://torremayor.sedelectronica.es.
Se prevé la no publicación de las ayudas concedidas al amparo de esta convocatoria, de conformidad con lo
establecido en el artículo 2.8.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación
con la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y
Familiar y a la Propia Imagen, así como el artículo 1.1. de la Directiva 95/46/CE, en cuanto al tratamiento de
datos de carácter personal, al ser los destinatarios de las mismas personas o familias en situación de
vulnerabilidad, determinada esta por la falta o insuficiencia de recursos económicos para hacer frente a los
suministros energéticos básicos relativos a su vivienda habitual.
Décima. Aceptación de las bases.
El hecho de participar en las ayudas conlleva la aceptación de estas bases, motivo por el cual no podrán
impugnarlas una vez finalizado el trámite de presentación de las solicitudes. Las dudas que puedan surgir en
la aplicación de esta convocatoria serán resueltas por la Alcaldía, previo informe de los Servicios Sociales de
Atención Social Básica.
Undécima. Protección de datos.
En cumplimiento del deber de informar establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales, se tratarán y guardarán los
datos aportados en la instancia y documentación que la acompañe para la tramitación y gestión del presente
expediente administrativo y demás actuaciones relacionadas.
Se reconoce el derecho a las personas interesadas a acceder, rectificar y suprimir los datos facilitados, así
como cualesquiera otros derechos que les correspondan. Las personas interesadas tienen derecho a
oponerse en cualquier momento, por motivos relacionados con su situación particular, a que los datos
personales que les conciernen sean objeto de un tratamiento de datos.
Disposición final primera.
Estas bases entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Torremayor, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Manuel Estribio Sánchez.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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