Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Llera. (01098/2024)
Convocatoria del Ayuntamiento de Llera para la concesión de ayudas extraordinarias de apoyo social para contigencias contempladas en el Decreto 110/2021, de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura para 2024
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Ayuntamiento de Llera

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de que deba cumplimentarse igualmente en el impreso de solicitud.
11. Otros aspectos a considerar:

12. Valoración técnica:
Tras el estudio de la situación de la unidad familiar de don/doña _________________________ ____________________________________,
según se desprende de la documentación que obra en este Servicio Social, se emite la siguiente valoración técnica:
Sí cumple los requisitos para el acceso a la Ayuda.
No cumple los requisitos para el acceso a la Ayuda.
Marque la casilla que proceda.
13. Motivación y propuesta de intervención, en su caso:

En ___________________, a ____ de _________________ de 2024.
El/la Trabajador/a Social,

Fdo.: _________________________________________.»
Contra la presente convocatoria podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que aprobó las bases
en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su última publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, o
bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el
día siguiente al de su última publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, todo ello de
conformidad con los artículos 88, 114.c), 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En el caso de interposición
de recurso de reposición, se deberá esperar a que este se resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como
desestimado en virtud de silencio administrativo. No obstante, los interesados podrán presentar cualquier otro recurso que
estimen procedente en defensa de sus derechos e intereses.
En Llera, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, Ana Torres Márquez.

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