Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hinojosa del Valle. (01106/2024)
Convocatoria del Ayuntamiento de Hinojosa del Valle para la concesión de ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias
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Ayuntamiento de Hinojosa del Valle

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Disposición adicional primera. Confidencialidad de los datos y colaboración entre administraciones.
Todos los datos e informes que, con relación a personas beneficiarias de las ayudas extraordinarias de apoyo
social para contingencias o a sus unidades económicas de convivencia que pudieran ser requeridos o
solicitados por las administraciones públicas extremeñas competentes se limitarán a los que resulten
imprescindibles para la comprobación del cumplimiento de los requisitos de acceso a las ayudas y de las
obligaciones establecidas en el presente acuerdo.
Las administraciones públicas extremeñas garantizarán la confidencialidad de los datos obtenidos en la
tramitación de los expedientes por parte de los organismos competentes, en los términos previstos en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Disposición adicional segunda. Régimen jurídico.
En todo lo no previsto en las presentes bases, se estará a lo dispuesto en el decreto 110/2021, de 22 de septiembre, por el
que se regulan las ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias, a las disposiciones de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en lo que se refiere al procedimiento
para la solicitud, trámite y resolución de las ayudas del Programa de colaboración económica municipal de ayudas
extraordinarias de apoyo social para contingencias, a cuantas disposiciones legales o reglamentarias pudieran resultar
aplicables según la naturaleza de las ayudas del Programa de colaboración económica municipal de ayudas extraordinarias
de apoyo social para contingencias, decreto 110/2021, de 22 de septiembre. También se estará a lo dispuesto en la Ley
7/2016, del 21 de julio, de medidas extraordinarias contra la exclusión social, así como a la orden de 2 de enero de 2023 por
la que se actualizan los límites de ingresos y los importes de las ayudas contempladas en el decreto 110/2021, de 22 de
septiembre, por el que se regulan las ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias.
Asimismo, se atenderá también a la resolución de 15 de febrero de 2024, de la Consejera, por la que se ordena la
publicación en el Diario Oficial de Extremadura del acuerdo de 14 de febrero de 2024, del Consejo de Gobierno de la Junta
de Extremadura, por el que se aprueba el Programa de colaboración económica municipal para ayudas extraordinarias de
apoyo social para contingencias para 2024.
Hinojosa del Valle, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, Victoria Sánchez Sánchez.
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ANEXO I: CUANTÍAS MÁXIMAS
a) Cuantía máxima por todos los conceptos: 1.600,00 euros.
b) Cuantías máximas por cada concepto:
1. Gastos de mobiliario básico:

Conceptos

Cuantía máxima

Mesa

110,00 €

Silla

55,00 €

Sillón

110,00 €

Sofá

270,00 €

Cama

160,00 €

Armario

320,00 €

Colchón, canapé y/o somier

215,00 €

Mesita de noche

55,00 €

Lámpara

85,00 €

Menaje del hogar

235,00 €

2. Gastos de electrodomésticos de la denominada "línea blanca":

Conceptos

Cuantía máxima

Lavadora

320,00 €

Frigorífico

425,00 €
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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