Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Granja de Torrehermosa. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (01042/2024)
Resolución de la modificación de Concejalías delegadas
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Ayuntamiento de Granja de Torrehermosa

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Granja de Torrehermosa
Granja de Torrehermosa (Badajoz)
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Resolución de la modificación de Concejalías delegadas

DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS EN LOS CONCEJALES
Por esta Alcaldía se ha dictado la resolución número 93/2024, de fecha 7 de marzo de 2024, con el siguiente tenor literal:
"RESOLUCIÓN: MODIFICACIÓN CONCEJALÍAS DELEGADAS
Tras la constitución de la nueva Corporación, emanada de las Elecciones Locales 2023, procede que, en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se confieran las
delegaciones de la Alcaldía.
Para ello se tendrá en cuenta lo establecido al respecto en los artículos 43 a 45 y 114 a 118 del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
En cumplimiento de lo establecido en la normativa mencionada se procedió a conferir delegaciones mediante resoluciones
de Alcaldía números 249/2023 y 252/2023, respectivamente.
Tras la toma de posesión del nuevo Concejal del Grupo PP, tras la renuncia de su antecesora, esta Alcaldía ha resuelto:
1.º.- Reorganizar las delegaciones de la Alcaldía para cometidos específicos y que en su conjunto quedan de la
siguiente manera:

Concejalía-Delegada

Concejal

Servicios Sociales e Igualdad

Doña Ana López Ortiz

Cementerio y Festejos

Don José Manuel Maximiano Pérez

Empleo y Desarrollo, Salubridad y Acción Pública de Salud

Doña Ana López Ortiz

Obras Públicas, Urbanismo, Ciclo Integral del Agua y Deportes

Don Eduardo Corvillo Soleto

Piscina Municipal, Parques, Jardines y Medio Ambiente, Limpieza Viaria y
Residuos Urbanos, Seguridad Ciudadana y Protección Civil y Mercado de
Abastos

Don Francisco Hinojosa Montero

2.º.- Las delegaciones comprenden tanto las facultades de dirección y gestión de las materias o servicios
correspondientes, pero no incluye la facultad de resolver actos administrativos que afecten a terceros, ni la
gestión presupuestaria y económica, con excepción de las siguientes materias o servicios: Cementerio y Obras
Públicas y Urbanismo.
3.º.- Las delegaciones efectuadas se entenderán aceptadas tácitamente, si en el término de 3 días hábiles,
contados desde la notificación de la resolución, el Concejal-Delegado no manifiesta expresamente su no
aceptación.
4.º.- El concejal delegado queda obligado a informar a esta Alcaldía, a posteriori, de la gestión y de los actos o
disposiciones emanados en virtud de delegación y, previamente, de las decisiones de trascendencia en los
términos del artículo 115 del ROF.
5.º.- Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica del Ayuntamiento, sin perjuicio de su
efectividad desde el día siguiente de la firma del mismo.
6.º.- Notificar a los interesados y dar cuenta al Ayuntamiento Pleno.
En Granja de Torrehermosa, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, María de las Mercedes Moruno Martos.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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