Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalvillar de Pela. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (01045/2024)
Aprobación definitiva del presupuesto general 2024
6 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Navalvillar de Pela

N.º

Aplicación
presupuestaria
Retrib.
Básicas / Retrib. Compl.

58

15000 13000 / 15000 13002

63

Anuncio 1045/2024

Puesto/categoría

Grupo

Escala

Compl.
destino

Situación actual
de la plaza

Peón Construcción

E

L*

14

Laboral
indefinido

15000 13000 / 15000 13002

Operario Serv. Múltiples

E

L

14

Vacante

59

23100 13000 / 23100 13002

Trabajadora Social

A2

L

22

Laboral fijo

60

23100 13000 / 23100 13002

Trabajadora Social

A2

L

22

Laboral fijo

61

23100 13000 / 23100 13002

Auxiliar Administrativo

C2

L*

17

Laboral
indefinido

64

32300 13000 / 32300 13002

Maestra Centro Infantil

A2

L*

22

Laboral fijo

65

32300 13000 / 32300 13002

Maestra Centro Infantil

A2

L*

22

Laboral fijo

66

32300 13000 / 32300 13002

Maestra Centro Infantil

A2

L*

22

Laboral fijo

32300 13100

Laboral temporal Centro
Infantil

LT

Laboral temporal

34000 13100

Laboral temporal
Promoción Deportiva

LT

Laboral temporal

33400 13100

Laboral temporal
Promoción Cultural

LT

Laboral temporal

23108 13125

Laboral temporal Centro
Residencial

LT

Laboral temporal

15000 13100

Laboral temporal Obras,
Manten., Limp.

LT

Laboral temporal

45400 13100

Laboral temporal
Conductores Maquinaria
Caminos

LT

Laboral temporal

24100 13126

Laboral temporal PCEME
Res.16/02/2023

LT

Laboral temporal

* La casilla "Escala", sombreada en esta relación contiene la totalidad de plazas de la oferta de empleo público para la
estabilización del empleo temporal del Ayuntamiento (publicada en el BOP número 249, de fecha 31/12/2021).
Contra el presente acuerdo de aprobación definitiva podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo
en el plazo de dos meses a partir de su publicación ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con sede en Mérida, de
conformidad, con lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, podrán interponerse cualesquiera otros que se
considere más oportunos.
Navalvillar de Pela, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Francisco Javier Fernández Cano.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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