Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). (01040/2024)
Extracto de la resolución de la Vicepresidencia del Instituto Municipal de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Badajoz, por la que se convocan ayudas para suministros mínimos vitales durante 2024
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Instituto Municipal de Servicios Sociales

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Badajoz
Instituto Municipal de Servicios Sociales
Badajoz
Anuncio 1040/2024
Extracto de la resolución de la Vicepresidencia del Instituto Municipal de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Badajoz,
por la que se convocan ayudas para suministros mínimos vitales durante 2024

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 6 DE MARZO DE 2024 DE LA VICEPRESIDENCIA DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE SERVICIOS
SOCIALES DEL AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ (EN ADELANTE IMSS), POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS PARA SUMINISTROS
MÍNIMOS VITALES DURANTE 2024
BDNS (IDENTIF.): 747570
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/747570).
Primero.- Beneficiarios: Personas que estén empadronadas y residan legalmente en Badajoz y reúnan los
requisitos establecidos en el apartado quinto del Decreto 11/2021, de 17 de marzo, de la Consejería de
Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura.
Segundo.- Objeto: La concesión directa por el IMSS, de las ayudas económicas para suministros mínimos
vitales (energía eléctrica, gas natural, gas propano, agua potable, alta y reconexión en caso de interrupción
por impago, y gas butano), con cargo al Programa de colaboración económica municipal para suministros
mínimos vitales de la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, regulado por el
decreto 11/2021, de 17 de marzo, y por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, de 14
de febrero, y publicado por resolución de la Consejera de Salud y Servicios Sociales de la Junta de
Extremadura, en el Diario Oficial de Extremadura el 16 de febrero de 2024.
Tercero.- Bases reguladoras: Las ayudas convocadas se regirán por lo establecido en la presente convocatoria,
por el Decreto 11/2021, de 17 de marzo, de la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de
Extremadura que, junto con la resolución del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se
aprueba el Programa de colaboración económica municipal para suministros mínimos vitales para 2024 (DOE
de 16 de febrero de 2024) y la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Badajoz (BOP de
Badajoz, de 2 de febrero de 2009), por aplicación del apartado 2 del artículo 3 de la misma.
Cuarto.- Cuantía. Esta convocatoria de ayudas tiene una dotación total máxima de 366.250,00 euros,
estableciéndose como límite máximo a solicitar por cada una de las personas interesadas la siguiente, según
lo establecido en el punto VI de la resolución de aprobación de convocatoria de ayudas económicas para
garantizar a los ciudadanos y ciudadanas del término municipal de Badajoz, el derecho al acceso a los
suministros mínimos vitales para el año 2024:
NÚMERO DE MIEMBROS Y CUANTÍA DE LA AYUDA:

Hasta 2 miembros

950,00 euros

Entre 3 y 4 miembros

1.100,00 euros

5 o más miembros

1.200,00 euros

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Se iniciará el día 11 de marzo de 2024, tras la publicación del
extracto de esta convocatoria en el BOP, hasta el 1 de octubre de 2024.
Sexto. Otros datos. Las solicitudes se ajustarán al modelo que será facilitado por el Instituto Municipal de
Servicios Sociales de Badajoz y se presentarán, junto a la documentación relacionada en su punto VII,
apartado 1.º, en el lugar y forma establecido en el apartado 2.º del mismo.
La resolución podrá pronunciarse sobre la concesión o no de la ayuda para la totalidad del conjunto de
suministros o sólo sobre la concesión para el suministro de consumo eléctrico, cuando las personas
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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