Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). (00929/2024)
Resolución de Alcaldía por la que se aprueban los documentos normalizados sobre el expediente "Síndrome de Diógenes"
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Instituto Municipal de Servicios Sociales

Anuncio 929/2024

Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, y de conformidad con lo establecido en el
artículo 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
RESUELVO
Primero. [En su caso] Desestimar las siguientes alegaciones:

Registro de entrada

NIF

Nombre

Por los motivos expresados en el informe los Servicios Técnicos de fecha ________, del que se remitirá copia a los interesados
junto con la notificación del presente acuerdo.
Segundo. [En su caso] Estimar las siguientes alegaciones:

Registro de entrada

NIF

Nombre

Por los motivos expresados en el informe los Servicios Técnicos de fecha ________, del que se remitirá copia a los interesados
junto con la notificación del presente acuerdo.
Tercero. Ordenar la ejecución de restauración de las condiciones de salubridad pública.
La adopción de esta propuesta de orden de ejecución de de restauración de las condiciones de salubridad pública, se
justifica en los siguientes motivos:

[Descripción de las causas objetivas que hacen necesaria la orden de ejecución ]
Cuarto. Que el plazo para la ejecución de las obras es de ________________.
[En su caso] Quinto. Que se deberán adoptar las siguientes medidas cautelares:

Sexto. Notificar estaorden de ejecución al propietario [y al interesado], advirtiéndole de que, en caso de incumplimiento
injustificado de la misma, la Administración actuante podrá adoptar las siguientes medidas:
a) Ejecución subsidiaria a costa de la persona obligada y hasta el límite del deber de conservación.
b) Imposición de hasta diez multas coercitivas con periodicidad mínima mensual, por valor máximo, cada una
de ellas, del diez por ciento del coste estimado de las obras ordenadas y nunca inferior a 300,00 euros.
c) El importe de las multas coercitivas impuestas quedará afectado a la cobertura de los gastos que genere
efectivamente la ejecución subsidiaria de la orden incumplida, sin perjuicio de la repercusión del coste de las
obras en la persona incumplidora.
d) Sustitución de la persona propietaria incumplidora mediante la formulación de programas de edificación.
e) Expropiación forzosa.
Septimo. Remitir la presente orden de ejecución al Registro de la Propiedad de __________________ a fin de que se haga
constar, mediante nota marginal, la afección real del inmueble al deber de conservación.
En Badajoz a fecha de firma electrónica.
La Concejala Delegada.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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