Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Olivenza. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). (00941/2024)
Aprobación inicial de la modificación de varias ordenanzas fiscales
3 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Olivenza

Anuncio 941/2024

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Olivenza
Olivenza (Badajoz)
Anuncio 941/2024
Aprobación inicial de la modificación de varias ordenanzas fiscales

El Pleno de este Ayuntamiento acordó aprobar inicialmente en sesión plenaria de fecha 28 de febrero de 2024, las siguientes
modificaciones de ordenanzas fiscales:
- Modificación de la tasa reguladora de la ocupación en la Incubadora de empresas.
- Modificación de la Ordenanza fiscal de la tasa de cementerio.
- Modificación de la Ordenanza fiscal de veladores.
- Modificación de la Ordenanza reguladora de la tasa por ocupación de la vía pública con puestos, barracas,
casetas de venta, puestos de mercadillo periódicos y ocasionales, espectáculos o atracciones e industrias
callejeras y ambulantes.
- Modificación de la Ordenanza reguladora de la tasa por la prestación del servicio de grúa para la retirada de
vehículos de la vía pública y por la inmovilización de vehículos mal estacionados, así como el depósito y
custodia de los vehículos retirados.
- Nueva redacción de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el servicio de piscina, instalaciones y
actividades deportivas y otros servicios análogos.
Quedan expuestos al público en las dependencias municipales del Ayuntamiento y horas de oficina, los correspondientes
acuerdos con sus respectivos expedientes, así como el texto de la respectiva Ordenanza, por el plazo de treinta días hábiles
a contar del siguiente a la publicación de este anuncio en el BOP al objeto de que puedan presentarse reclamaciones,
alegaciones o sugerencias, dando así cumplimiento al artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, con indicación de que transcurrido el
plazo sin que se presente reclamación alguna, se entenderán definitivamente aprobados los acuerdos hasta entonces
provisionales.
Olivenza, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Manuel José González Andrade.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 2 de 3