Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (00808/2024)
Aprobación de las bases y convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar la iniciativa empresarial por parte de personas jóvenes con titulación universitaria, formación profesional de grado superior o certificado de profesionalidad nivel 3
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Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo
Badajoz
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Aprobación de las bases y convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar la iniciativa empresarial por parte de
personas jóvenes con titulación universitaria, formación profesional de grado superior o certificado de profesionalidad nivel
3

BASES ESPECÍFICAS Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A FOMENTAR LA INICIATIVA EMPRESARIAL POR
PARTE DE PERSONAS JÓVENES CON TITULACIÓN UNIVERSITARIA, FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR O
CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD NIVEL 3
CONVOCATORIA DEL AÑO 2024
Decreto. A fecha de la firma electrónica.
Con la finalidad de favorecer el crecimiento económico y social, así como el impulso, solidaridad, reequilibrio intermunicipal
y territorial de los pueblos de la provincia, la Diputación de Badajoz realiza políticas públicas de fomento de la actividad
empresarial, que aparecen definidas en el Plan Estratégico de Desarrollo Sostenible 2020-2023 de la Diputación.
Dentro del eje B, de "desarrollo económico", y del objetivo estratégico OE5, de "promover la dinamización empresarial", del
Plan Estratégico 2020-2023 referido, puede encuadrarse el fomento de las iniciativas emprendedoras de creación de nuevas
empresas, como una medida más de alternativa de empleo y de dinamización de la actividad económica en el territorio.
Con esa finalidad, el Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo ha establecido unas líneas generales de fomento
y promoción de la creación de nuevas empresas por parte de personas jóvenes tituladas universitarias, o con título de
formación profesional de grado superior o con certificado de profesionalidad nivel 3, acción de fomento que se enmarca
dentro de las competencias propias que el artículo 36.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, atribuye a las diputaciones y en concreto con lo que dispone el apartado d) en relación a "la cooperación en el
fomento del desarrollo económico y social y en la planificación del territorio provincial, de acuerdo con las competencias de
las demás administraciones públicas en este ámbito".
Para el establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en el Plan que hayan de concederse mediante concurrencia
competitiva se han de aprobar las bases específicas reguladoras de la concesión, conjunta o previamente a la convocatoria,
con arreglo a lo que disponen la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento aprobado por
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como la Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de Badajoz.
Por consiguiente, vista la propuesta de bases reguladoras sobre esta línea de subvenciones, formulada por la Dirección del
Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo, y considerando la competencia que me confiere el artículo 33.2 de la
Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de Badajoz, y la regulación contenida en la disposición transitoria
primera del Reglamento del Registro Electrónico de esta Diputación.
HE RESUELTO:
Primero.- Aprobar las bases específicas reguladoras de las subvenciones de la Diputación de Badajoz
destinadas al fomento de la iniciativa empresarial por personas jóvenes tituladas universitarias, formación
profesional de grado superior o certificado de profesionalidad nivel 3, durante el año 2024, así como sus
anexos, cuyos textos forma parte inseparable del presente acuerdo.
Segundo.- Aprobar los modelos de documentos telemáticos que se relacionan para posibilitar su remisión por
vía telemática mediante los sistemas de firma electrónica previstos:
Solicitud de subvención (anexo I).
Oficio de remisión electrónica de documentación para subsanación de la solicitud (anexo II).
Tercero.- Aprobar el gasto por la cuantía total máxima que fija la convocatoria.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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