Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (00937/2024)
Reglamento regulador del Foro Empresarial de Almendralejo
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 937/2024

e. Un representante de cada una de otras asociaciones distintas de las anteriores, legalmente constituidas,
que tengan su domicilio y objeto social de actuación en Almendralejo y que soliciten ingresar en el Consejo.
2. Cada asociación profesional podrá, en función de la especialidad de los asuntos a tratar, designar hasta un máximo de
tres asesores o empresarios con voz pero sin voto.
3. A instancia de cualquier Vocal se puede invitar a un empresario y/u otra organización o institución si se estima necesario
para el tema a tratar.
4. Derechos y deberes de los vocales:
a) Aprobar el Reglamento del Foro Empresarial.
b) Asistir a las sesiones y guardar sigilo respecto a los asuntos tratados y acordados.
c) Participar en los debates, aportar ideas y sugerencias oportunas para la adopción de acuerdos.
d) Recibir información necesaria respecto a los temas tratados en el orden del día.
CAPÍTULO III: FUNCIONAMIENTO.
Artículo 9.- Periodicidad de las sesiones.
1. El Foro Empresarial efectuará una sesión ordinaria al mes. Además podrán celebrarse sesiones extraordinarias cuando
sean convocadas por su Presidente/a, por propia iniciativa o a solicitud de, al menos, el cincuenta por ciento de los vocales.
2. Las sesiones serán convocadas por la Presidencia o, en su defecto, por la Vicepresidencia, acompañándose a la
convocatoria el orden del día y la documentación que sirva de base para las deliberaciones y adopción de los acuerdos.
Asimismo se acompañará el borrador o borradores de las actas de las sesiones anteriores.
Para agilizar el funcionamiento, los miembros deberán facilitar a la secretaría del órgano una dirección de correo electrónico
y un teléfono para que los trámites de comunicación sean lo más ágiles posible.
3. Para la formación del orden del día, el Presidente tendrá en cuenta las propuestas que estimen los vocales, que, en todo
caso, deberán ir acompañadas de la documentación necesaria para el completo conocimiento de los miembros del Foro
sobre el tema a tratar.
En sesión extraordinaria y si es a iniciativa de los vocales, la convocatoria deberá reflejar los asuntos incluidos en el orden
del día de la sesión, a los que podrán añadirse otros a propuesta del Presidente.
4. Los acuerdos se adoptarán siempre que sea posible por consenso, en caso contrario se ratificarán por mayoría simple. La
Presidencia ostentará el voto de calidad en caso de empate.
5. Para la válida constitución de cada sesión será preciso que asistan, en primera convocatoria, al menos, la mitad más uno
de los miembros y, en segunda convocatoria, un tercio de los mismos.
Artículo 10.- Actas.
De cada sesión celebrada el Secretario/a levantará acta dónde se especifiquen los asistentes, orden del día, puntos
deliberados y sentido del voto así como los acuerdos adoptados que se trasladaran a los órganos o administraciones
competentes.
Artículo 11.- Medios y recursos.
El Ayuntamiento de Almendralejo pondrá a disposición del Foro Empresarial los medios necesarios que estén a su alcance
para que este órgano desarrolle sus fines y objetivos por los que fue creado.
Artículo 12.- Grupos de trabajo.
Con el objetivo de estudiar una propuesta concreta, se podrán crear grupos de trabajo sectoriales, que tendrán la
composición que se determine en la sesión en la cual se constituyan dichos grupos.
Artículo 13.- Disolución del Foro Empresarial.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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