Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Los Santos de Maimona. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). (00858/2024)
Bases de la convocatoria de plazas de personal laboral fijo incluidas en la oferta de empleo público extraordinaria de estabilización de empleo público, de Responsable de Oficina Municipal de Información al Consumidor
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Ayuntamiento de Los Santos de Maimona

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Una vez resuelta y finalizada la valoración de los méritos, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios de la sede
electrónica del Ayuntamiento, la propuesta que corresponde a la persona aspirante aprobada como personal laboral fijo por
obtener la mayor puntuación. Si se produjera renuncia del/de la aspirante seleccionado/a, antes de su nombramiento o
toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir al Tribunal de Selección, propuesta complementaria de persona
aspirante que sigan a la propuesta, para su posible nombramiento como personal laboral fijo.
Del mismo modo se actuará en el supuesto de que el/la aspirante fuera excluido/a por no presentación o falsedad en la
documentación o no superara el reconocimiento médico previsto en las presentes bases.
La persona aspirante propuesta presentará en el Ayuntamiento de Los Santos de Maimona, dentro del plazo de veinte días
hábiles, contados a partir de la publicación de la lista de aprobados/as, los documentos acreditativos de las condiciones de
capacidad y requisitos exigidos en la base tercera de la convocatoria, así como declaración jurada de no hallarse incurso/a
en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en la legislación vigente.
Las personas que ya tuvieran la condición de funcionarios/as públicos estarán exentos/as de justificar las condiciones y
requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación de la
Administración Pública de quien dependan acreditando la condición y demás circunstancias que consten en su expediente
personal.
Si dentro del plazo indicado, y salvo el caso de fuerza mayor, el/la aspirante propuesto/a no presentara su documentación o
no reuniera los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado/a y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en el proceso selectivo.
Seguidamente, se elevará dicha propuesta, junto con el acta de la última sesión, que deberá hacer concreta referencia a la
persona aspirante seleccionada, al órgano competente del Ayuntamiento de Los Santos de Maimona a los efectos del
correspondiente nombramiento.
Cumplidos los siguientes trámites se procederá al nombramiento a favor de la persona aspirante seleccionada, quien
deberá tomar posesión en el plazo de 1 mes, a contar desde el siguiente al que le sea notificado.
En el mismo plazo, en su caso, el/la interesado/a deberá ejercer la opción prevista en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26
de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. Si no toma posesión dentro
del plazo perderá todos los derechos derivados de la superación del presente proceso selectivo y del subsiguiente
nombramiento conferido.
Tomada posesión por la persona seleccionada, comenzará un periodo de prueba será de tres meses; excepto que la
persona seleccionada haya prestado servicios anteriormente en el Ayuntamiento de Los Santos de Maimona en la plaza
ofertada. Superado este periodo, culmina el proceso y el o la trabajadora adquirirá la condición de empleado público.
9. Protección de datos.
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales,
y el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE, el tratamiento de los datos de carácter personal es necesario en el cumplimiento de una
misión realizada en interés público.
La finalidad del tratamiento es la de gestionar y tramitar la participación en la convocatoria de las pruebas selectivas, de
conformidad con el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, con el fin de
analizar la idoneidad de los candidatos.
Las personas aspirantes tienen derecho al ejercicio de los derechos de información, acceso, rectificación, supresión,
limitación, portabilidad oposición.
10. Recursos.
Contra las presentes bases podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que aprobó las bases en el
plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su última publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, o bien
interponer directamente recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día
siguiente al de su última publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, todo ello de
conformidad con los artículos 88, 114.c), 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa. En el caso de interposición
de recurso de reposición, se deberá esperar a que este se resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como
desestimado en virtud de silencio administrativo. No obstante, los interesados podrán presentar cualquier otro recurso que
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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