Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torremejía. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (00887/2024)
Pliego de condiciones de subasta de bienes patrimoniales
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Ayuntamiento de Torremejía

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Torremejía
Torremejía (Badajoz)
Anuncio 887/2024
Pliego de condiciones de subasta de bienes patrimoniales

PLIEGO DE CONDICIONES DE LA SUBASTA
Cláusula primera. Objeto y calificación.
Constituye el objeto del contrato la enajenación por este Ayuntamiento de los siguientes bienes calificados como
patrimoniales:
LOTE 1:

Referencia catastral

2214701DF3821C0021WO

Localización

C/ Felicia Fuster Viladecans, 5, Pl 2 PT1.
08003 Barcelona

Clase:

Urbano

Superficie:

35 m2

Coeficiente:

100%

Uso:

Residencial

Registro de la propiedad n.º 24. Barcelona

Tomo 3100, libro 163, folio 204, inscripción 7
Finca registral : 4871

LOTE 2:

Referencia catastral

2216807DF3821E0001PD

Localización

C/ Sal, 14, PL 0, PT 1. 08003 Barcelona

Clase:

Urbano

Superficie:

37 m2

Coeficiente:

100%

Uso:

Residencial

Registro de la propiedad n.º 24. Barcelona

Tomo 4033, libro 389, folio 196, inscripción 11
Finca registral: 3965

El contrato definido tiene la calificación de contrato privado, tal y como establece el artículo 9 de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del
Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Cláusula segunda. Procedimiento de selección y adjudicación.
La forma de adjudicación de la enajenación será la subasta, en la que cualquier interesado podrá presentar una oferta, de
acuerdo con el artículo 137.2 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas y 93 del
Reglamento General de la Ley 33/2003 del Patrimonio de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto
1373/2009, de 28 de agosto. Se aplicarán los principios de la Ley de Contratos del Sector Público para resolver las dudas y
lagunas que pudieran presentarse.
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la mejor oferta se atenderá a un solo criterio de adjudicación,
que deberá ser necesariamente el del mejor precio.
Cláusula tercera. Publicidad.
Con el fin de asegurar la transparencia y acceso público a la información de esta subasta, y sin perjuicio de la utilización de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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