Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (00901/2024)
Exposición pública del expediente de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el acceso y utilización de las instalaciones deportivas de titularidad municipal y la prestación de servicios previstos para 2024 y siguientes
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Ayuntamiento de Mérida

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Mérida
Mérida (Badajoz)
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Exposición pública del expediente de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el acceso y utilización de
las instalaciones deportivas de titularidad municipal y la prestación de servicios previstos para 2024 y siguientes

En uso de las atribuciones que me han sido conferidas por decreto de Alcaldía de 19 de junio de 2023 (publicado en el
Boletín Oficial de la Provincia número 128 del día 6 de julio, anuncio número 3.715) y en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, se comunica a los interesados que en el Servicio de Gestión Tributaria de este Ayuntamiento (1.ª
planta del edificio sito en Mérida, en la calle Plaza de España, número 1) se encuentra expuestos al público el expediente de
modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el acceso y utilización de las instalaciones deportivas de
titularidad municipal y la prestación de servicios previsto para el ejercicio de 2024 y siguientes, aprobado provisionalmente
por el Excmo. Ayuntamiento de Mérida en sesión celebrada el día 29 de febrero de 2024, a fin de que los interesados
puedan examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen oportunas en el plazo de 30 días desde su publicación en el
Boletín Oficial de la Provincia.
Finalizado el plazo de exposición pública, y en el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderá
definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional, según lo establecido en el artículo 17.3 del Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Mérida, a fecha de la firma digital.- La Delegada de Hacienda, María del Carmen Yáñez Quirós.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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