Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (00932/2024)
Aprobación inicial del Reglamento de funcionamiento de la Mesa General de Negociación de Empleados Públicos
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Área de Presidencia y Relaciones Institucionales

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Secretaría General
Badajoz
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Aprobación inicial del Reglamento de funcionamiento de la Mesa General de Negociación de Empleados Públicos

APROBACIÓN INICIAL DEL REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN DE EMPLEADOS
PÚBLICOS (MGNE), DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BADAJOZ
Al amparo del artículo 34.1 del TREBEP, y en función de las últimas elecciones a los órganos de representación de los
funcionarios públicos de la Diputación de Badajoz y sus organismos autónomos, el Pleno de la Corporación Provincial, en
sesión ordinaria celebrada el día 29 de febrero de 2024, prestó aprobación inicial al Reglamento que regula el
funcionamiento de la Mesa General de Negociación de Empleados Públicos, como órgano específico de negociación de las
condiciones de trabajo que afecten a empleados/as laborales y funcionarios/as.
De este modo y conforme a lo establecido en el artículo 49, concordante con el 70.2 de la Ley 7/1985, de dos de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, se somete el expediente a información pública y audiencia a los interesados, por
el plazo de treinta días hábiles, a contar a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia de Badajoz, para la formulación de alegaciones y/o reclamaciones, estando el expediente a disposición
en el Área de Recursos Humanos y Régimen Interior, así como el Texto del Reglamento en el Portal de Transparencia de la
página web de la Institución Provincial, apartado de Normas Provinciales.
Si transcurrido el plazo señalado, no se hubieren presentado reclamaciones y/o alegaciones, se entenderá definitivamente
aprobado dicho acuerdo, hasta entonces provisional, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia, según lo dispuesto
en el artículo 131 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, para su entrada en vigor.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, Miguel Ángel Gallardo Miranda.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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