Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Oliva de la Frontera. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (00882/2024)
Bases de selección que regirán la convocatoria de pruebas selectivas por el sistema de oposición libre para la provisión de una plaza de Guarda Rural de personal funcionario del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera
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Ayuntamiento de Oliva de la Frontera

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Las marcas mínimas exigidas (en metros) para la superación de la prueba son:
- Hombres: 4 minutos y 30 segundos.
- Mujeres: 5 minutos y 30 segundos.
Solo se permitirá un intento para alcanzar la marca. Los opositores no podrán hacer uso de zapatillas de
clavos.
Prueba de conocimiento:
Consistirá en contestar, en un tiempo máximo de 60 minutos, un cuestionario tipo test de 50 preguntas, con 4
respuestas alternativas cada una de ellas, de las cuales una sola será válida, y que versará sobre el contenido
del programa incluido en anexo I de estas bases.
Se pondrán 5 preguntas reservas que servirán para sustituir posibles preguntas impugnadas.
La puntuación del ejercicio será de 0 a 10, siendo imprescindible una puntuación de 5 para superarla. Cada
respuesta correcta se valorará con 0,20 puntos, no puntuándose las no contestadas. Cada respuesta
incorrecta restará 0,05 puntos.
Octava.- Calificación de las pruebas, relación de aprobados, y presentación de documentos.
Calificación de las pruebas:
La puntuación final vendrá dada por la suma de la fase de oposición más la fase de concurso, teniendo en
cuenta lo establecido para la fase de concurso.
En caso de empate en la puntuación, el orden prioritario se establecerá teniendo en cuenta:
Mayor puntuación obtenida en la prueba de conocimiento.
Menor tiempo utilizado en la prueba de velocidad.
En caso de persistir el empate por sorteo entre los aspirantes.

Relación de aprobados: Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará un anuncio que contendrá los
aspirantes seleccionados, y elevará dicha relación al Sr. Alcalde-Presidente.
Los aspirantes que hubieran aprobado la primera fase del proceso selectivo deberán acreditar en el Ayuntamiento, dentro
del plazo de 20 días hábiles, a partir de la publicación de la relación de aprobados, que cumplen los requisitos y condiciones
establecidos en la convocatoria.
Si dentro del plazo indicado los opositores no presentaran la documentación o no reunieran los requisitos obtenidos, no
podrán ser nombrados funcionarios en prácticas y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de las
responsabilidades en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial. En ese caso la Alcaldía efectuará
nombramiento a favor del primero de los propuestos que habiendo alcanzado la puntuación mínima exigida en los
ejercicios de la oposición tuviera mayor puntuación en la suma de todos ellos.
Novena. Nombramiento definitivo y toma de posesión.
Concluido el proceso selectivo, la Alcaldía, a la vista del aspirante que lo hayan superado, dictará resolución nombrando
funcionario de carrera al referido aspirante, publicándose el nombramiento en el Diario Oficial de Extremadura.
El aspirante nombrado deberá tomar posesión de su cargo en el plazo de 15 días. Si no lo hiciera, sin causa justificada, se
entenderá que renuncia a la plaza.
Décima. Impugnación.
Contra la presente convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados
recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de 2 meses
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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