Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (00866/2024)
Bases específicas con convocatoria reguladora de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a ONGD y otras asociaciones sin ánimo de lucro, para la realización de Proyectos de Cooperación Internacional durante el ejercicio económico 2024
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Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo

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Tercero.- Aprobar el gasto por la cuantía total máxima que fije la convocatoria.
Cuarto.- Aprobar la convocatoria que desarrolla el procedimiento para la concesión de las subvenciones en
régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios generales de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Quinto.- Dar traslado de la presente resolución al Pleno de la Corporación Provincial, en la próxima sesión
ordinaria que se celebre y publicar la misma en el Boletín Oficial de la Provincia y BDNS, para garantizar su
divulgación, facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa vigente y aplicable al efecto.
Sexto.- Por el Secretario General, Enrique Pedrero Balas, se toma razón, para su trascripción al libro
electrónico de resoluciones, y a los solos efectos de garantizar la integridad, autenticidad, calidad,
confidencialidad, protección y conservación de los ficheros electrónicos correspondientes, conforme a lo
dispuesto en el artículo 3.2, e) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el Régimen
Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de
reposición ante el Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación de Badajoz, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente
al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, o directamente recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses, contados desde la fecha anteriormente indicada, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de la ciudad de Badajoz, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 8.1, 14.1. primera, 25.1 y 46.1 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y sin perjuicio de que pueda
interponerse cualquier otro recurso que se estime procedente.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, PD (Decreto 1/07/2023, BOP 3/07/2023). La Diputada delegada de Políticas
Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo, Ana Belén Valls Muñoz.
BASES ESPECÍFICAS REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES, DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ,
DESTINADAS A ONGD Y OTRAS ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO CON SEDE O DELEGACIÓN PERMANENTE EN LA
PROVINCIA DE BADAJOZ, QUE DESARROLLEN PROYECTOS DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL AL DESARROLLO DURANTE EL
EJERCICIO ECONÓMICO 2024
INTRODUCCIÓN
La Constitución Española encomienda a los poderes públicos "promover las condiciones para que la libertad y la igualdad
del individuo y de los grupos en los que integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que dificultan su plenitud y
facilitar la participación de todos los individuos en la vida política, económica, cultural o social".
Asimismo, la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación en su artículo 31) establece que
"las administraciones públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias, promoverán y facilitarán el desarrollo de las
asociaciones y federaciones, confederaciones y uniones que persigan finalidades de interés general, respetando siempre la
libertad y autonomía frente a los poderes públicos".
Consecuentemente, esta Corporación mantiene su compromiso social con la entidades del tercer sector de acción social,
con el voluntariado de la provincia de Badajoz y con la Agenda 2030, tal y como se determina en el "Plan estratégico de
subvenciones para el ejercicio económico 2024 BOP número 245 de 27 de diciembre de 2023", desarrollando acciones
vinculadas ODS 1 Fin de la pobreza, financiando proyectos y programas de las ONGD y otras asociaciones sin ánimo de lucro
para el desarrollo de proyectos de acción social en los países en vías de desarrollo, alimentación y nutrición, agua y
saneamiento, educación, salud, viviendas saludables, formación y capacitación para mujeres y niñas, entre otros.
En razón de lo expuesto, la Diputación de Badajoz, dentro del ámbito de las competencias que le atribuye el artículo 36) de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en su redacción tras la modificación por la ley
27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local y, de conformidad, con la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento aprobado por RD 887/2006, de 21 de julio, así
como la Ordenanza general de subvenciones de esta Corporación (BOP 9-2-2007) y, con las líneas de actuación
contempladas en el Plan estratégico de subvenciones de la Diputación para el ejercicio económico 2024, (BOP número 245,
de 27 de diciembre de 2023), el Área Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo ha establecido unas líneas
generales para el fomento, promoción, coordinación y realización de proyectos de cooperación internacional para
desarrollar por las ONGD y otras asociaciones sin ánimo de lucro de la Provincia de Badajoz que, realicen actividades de
interés general y den respuesta a las necesidades sociales y se ejecuten bajo los principios de coordinación y
complementariedad con las administraciones.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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