Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zafra. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (00899/2024)
Bases de la convocatoria para el acceso a dos plazas de Agente de la Policía Local, por el sistema de movilidad, vacantes en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Zafra
13 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Zafra

Anuncio 899/2024

1.º. Por Experiencia.
2.º. Por Formación Continua.
3.º. Agrupación/Conciliación de la vida familiar y laboral.
4.º. Por Titulación académica.
5.º. Por Docencia.
6.º. Condecoraciones.
7.º. Méritos específicos, si se hubieran considerado en la convocatoria.
8.º. Mayor puntuación aplicando todos los criterios de valoración anteriores, sin límite máximo de puntos por
criterio.
9.º. Por último y de persistir el empate, se dará preferencia a la persona del sexo con menor presencia en el
conjunto de la plantilla de la Policía Local en Extremadura, cuando este no represente, al menos, el 40 por
ciento de la totalidad.
Relación de aprobados: Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará por orden de puntuación, un
anuncio que contendrá los aspirantes que resulta seleccionados y elevará dicha relación a la Sr. Alcalde Presidente
formulando la propuesta de nombramiento como funcionario de carrera, nombramiento que se publicará en el Diario
Oficial de Extremadura (DOE)
Serán seleccionados los aspirantes que hayan obtenido las dos mejores puntuaciones, sin que pueda superar el número de
seleccionados el de los puestos objeto de esta convocatoria que son dos.
Octava.- Presentación de documentos y nombramientos.
Los aspirantes propuestos para su nombramiento estarán obligados a presentar, dentro del plazo de 20 días naturales
contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de seleccionados en el tablón de anuncios de la Sede
Electrónica del Ayuntamiento de Zafra, todos los documentos acreditativos de las condiciones establecidas en la base
segunda de esta convocatoria y además:
* Certificado de carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
* Certificado médico de no padecer enfermedad, defecto físico o psíquico que le incapacite para el
desempeño de las funciones propias del cargo.
Quienes dentro del plazo indicado no presentaren la documentación, o no reunieran los requisitos exigidos, salvo causas de
fuerza mayor, no podrá ser nombrados y quedarían anuladas todas las actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en
que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria. En este caso el Sr.
Alcalde efectuará el nombramiento a favor del aspirante primero, que no propuesto para su selección, tuviera la mayor
puntuación, aplicándose en caso de empate entre aspirantes las normas establecidas en la base séptima.
Concluido el proceso selectivo y aportados los documentos anteriores, la Alcaldía-Presidencia procederá a los
nombramientos como funcionarios del Ayuntamiento de Zafra a los aspirantes propuestos.
Novena.- Toma de posesión.
Los aspirantes nombrados funcionarios de carrera deberán tomar posesión de sus cargos en el plazo máximo de 15 días
desde su nombramiento. Si no lo hiciera, sin causa justificada, quedarían anuladas todas las actuaciones entendiéndose,
asimismo, que renuncia a la plaza. Desde la toma de posesión, los nombrados quedarán obligados a utilizar los medios que
para el ejercicio de sus funciones ponga a su disposición el Excmo. Ayuntamiento de Zafra.
En el acto de toma de posesión, los funcionarios nombrados, deberán prestar juramento o promesa de acuerdo con la
formula prevista en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.
Décima.- Igualdad de género en el lenguaje.
En los casos en que este documento y sucesivos que se publiquen sobre este proceso selectivo, utilizan sustantivos de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 10 de 13