Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (00890/2024)
Modificación de las bases que han de regir el procedimiento selectivo para la contratación en régimen laboral temporal de un Gerente para la Dinamización Comercial
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

Anuncio 890/2024

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
Jerez de los Caballeros (Badajoz)
Anuncio 890/2024
Modificación de las bases que han de regir el procedimiento selectivo para la contratación en régimen laboral temporal de
un Gerente para la Dinamización Comercial

Expediente número: 476/2024.

Por resolución de Alcaldía de fecha de 1 de marzo de 2024, se ha dictado la siguiente resolución, que le transcribo
literalmente:
«En sesión de 15 de febrero de 2024 se aprobaron por la Junta de Gobierno Local las "bases que han de regir el
procedimiento selectivo para la contratación en régimen laboral temporal de un Gerente para la Dinamización Comercial".
Dichas bases han sido publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz con fecha 21 de febrero de 2024.
Advertida por la Secretaría de esta entidad de un error en las mismas, al incluirse una modalidad de contrato de trabajo que
en la actualidad no se encuentra en vigor, se hace necesario la modificación de las mismas y realizar la referencia de la
relación laboral a la categoría de funcionario interino por programas de los previstos en el artículo 10.1.c) del texto
refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015.
Visto lo anteriormente indicado y la avocación de alcaldía de fecha 1 de marzo de 2024 para la resolución del presente
asunto por motivos de urgencia, en virtud de la normativa vigente en esta materia
ACUERDO:
Primero.- Modificar la base segunda del acuerdo de 15 de febrero de 2024 en relación a la relación laboral,
quedando de la siguiente manera:
"2.1.- La relación laboral entre el empleado y el Ayuntamiento se sujetará a lo previsto en el
artículo 10.1.c) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 1 de octubre, por el que se aprueba el
texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público."
Segundo.- Entender el resto de referencias realizadas en las bases a los trabajadores a funcionarios interinos,
tal y como se ajustaría la nueva relación laboral entre el Ayuntamiento y el empleado público.
Tercero.- Abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes desde la publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia de Badajoz la modificación de las bases, admitiendo las solicitudes que se hubieran presentado
hasta el momento.
Cuarto.- Publicar la presente modificación en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.»
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Jerez de los Caballeros, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Raúl Gordillo Barroso.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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