Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Los Santos de Maimona. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (00865/2024)
Extracto de la convocatoria de ayudas para suministros mínimos vitales 2024
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Ayuntamiento de Los Santos de Maimona

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preceptiva en el Registro general del Ayuntamiento.
3. Documentación a presentar junto con el anexo I:
Copia DNI/NIE de todos los miembros que conviven en el domicilio. Esta información podrá ser recabada de oficio por el
Ayuntamiento previa autorización del solicitante y miembros de la unidad familiar.
Copia libro de familia.
Copia sentencia de separación/divorcio y convenio regulador, en los casos que procedan.
Informe de vida laboral actualizado de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años. En caso de
trabajadores del régimen agrario, certificado de peonadas efectivamente trabajadas. Este informe podrá ser recabado de
oficio por el Ayuntamiento previa autorización del solicitante y miembros de la unidad familiar.
Copia de los ingresos de la unidad familiar de los últimos 3 meses, nóminas, declaración de IRPF, declaraciones trimestrales
y rentas de cualquier naturaleza.
Certificado de pensiones y/o prestaciones de organismos públicos (SEPE, Seguridad Social) de todos los miembros que
convivan en el domicilio. Estos certificados podrán ser recabados de oficio por el Ayuntamiento previa autorización del
solicitante y miembros de la unidad familiar.
Aquellas personas que no acrediten ingresos, deberán aportar certificados negativos del SEPE y Seguridad Social. Estos
certificados podrán ser recabados de oficio por el Ayuntamiento previa autorización del solicitante y miembros de la unidad
familiar.
Copia última factura y/o presupuesto de los suministros eléctricos, consumo de agua, gas natural, gas propano y gas butano
para los que se solicite la ayuda.
Copia del recibo del pago de la hipoteca o contrato de alquiler, en su caso.
Certificado de discapacidad, siempre que sea igual o superior al 65%, y/o de grado de dependencia, con independencia del
grado, en los casos que proceda, de cualquiera de los miembros de la unidad de convivencia.
Solicitud de bono social en el caso de cumplir los requisitos establecidos en la normativa estatal para ser beneficiario del
mismo.
4. Cada interesado presentará una solicitud para las ayudas objeto de esta convocatoria, aportando periódicamente la
documentación que le sea requerida para acreditar que persiste la situación de necesidad que motiva el otorgamiento.
6. Procedimiento y resolución.
1. Presentadas las solicitudes, se remitirán a los Servicios Sociales de Atención Social Básica, quienes comprobarán si la
solicitud presentada conforme al modelo facilitado viene acompañada de la documentación exigida.
2. Los Servicios Sociales comprobarán los requisitos establecidos en la base segunda de la presente convocatoria para la
concesión de ayudas para suministros vitales.
3. Valoradas las solicitudes, por los Servicios Sociales de Atención Social Básica se elevará informe con propuesta favorable o
desfavorable a la Junta de Gobierno Local, que resolverá acerca de la concesión de la ayuda, previo informe de fiscalización e
intervención previa de la Intervención.
4. Dictado acuerdo, se abonará por este Ayuntamiento a las empresas suministradoras de luz, agua, gas natural, gas
propano, en nombre del titular beneficiario, y respecto del suministro del gas butano, al propio titular beneficiario; hasta
agotar el importe que resulte de aquella resolución, previo informe-propuesta favorable de Servicios Sociales de Atención
Social Básica.
7. Pago y justificación de la ayuda.
1. Pago de la ayuda:
Una vez dictada y notificada resolución favorable, el abono de la ayuda para suministros mínimos vitales se realizará
directamente a la entidad, pública o privada, suministradora de la energía eléctrica, el gas natural, gas propano y/o agua
potable, con excepción del gas butano, que se abonará al beneficiario directamente.
En función del importe de las facturas que se presenten con la solicitud, el abono de la ayuda podrá ser único o fraccionado,
realizándose en este último caso pagos periódicos a medida que el beneficiario vaya presentando las facturas
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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