Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Los Santos de Maimona. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (00818/2024)
Bases de la convocatoria de plazas de personal laboral fijo incluidas en la oferta de empleo público extraordinaria de estabilización de empleo público del Ayuntamiento de Los Santos de Maimona de Auxiliar Administrativo/a
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Ayuntamiento de Los Santos de Maimona

Anuncio 818/2024

acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la base tercera de la convocatoria, así
como declaración jurada de no hallarse incurso/a en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos
en la legislación vigente.
Las personas que ya tuvieran la condición de funcionarios/as públicos estarán exentos/as de justificar las
condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar
únicamente certificación de la Administración Pública de quien dependan acreditando la condición y demás
circunstancias que consten en su expediente personal.
Si dentro del plazo indicado, y salvo el caso de fuerza mayor, el/la aspirante propuesto/a no presentara su
documentación o no reuniera los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado/a y quedarán anuladas todas
sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la
instancia solicitando tomar parte en el proceso selectivo.
Seguidamente, se elevará dicha propuesta, junto con el acta de la última sesión, que deberá hacer concreta
referencia a la persona aspirante seleccionada, al órgano competente del Ayuntamiento de Los Santos de
Maimona a los efectos del correspondiente nombramiento.
Cumplidos los siguientes trámites se procederá al nombramiento a favor de la persona aspirante
seleccionada, quien deberá tomar posesión en el plazo de 1 mes, a contar desde el siguiente al que le sea
notificado.
En el mismo plazo, en su caso, el/la interesado/a deberá ejercer la opción prevista en el artículo 10 de la Ley
53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
Si no toma posesión dentro del plazo perderá todos los derechos derivados de la superación del presente
proceso selectivo y del subsiguiente nombramiento conferido.
Tomada posesión por la persona seleccionada, comenzará un periodo de prueba será de tres meses; excepto
que la persona seleccionada haya prestado servicios anteriormente en el Ayuntamiento de Los Santos de
Maimona en la plaza ofertada. Superado este periodo, culmina el proceso y el o la trabajadora adquirirá la
condición de empleado público.
9. Protección de datos
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y Garantía de los
Derechos Digitales, y el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de
2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a
la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, el tratamiento de los datos de
carácter personal es necesario en el cumplimiento de una misión realizada en interés público.
La finalidad del tratamiento es la de gestionar y tramitar la participación en la convocatoria de las pruebas
selectivas, de conformidad con el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función
Pública de Extremadura, con el fin de analizar la idoneidad de los candidatos.
Las personas aspirantes tienen derecho al ejercicio de los derechos de información, acceso, rectificación,
supresión, limitación, portabilidad oposición.
10. Recursos.
Contra las presentes bases podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que aprobó
las bases en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su última publicación en el Boletín
Oficial de la Provincia, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses, contados igualmente desde el día siguiente al de su última publicación, ante el Juzgado de lo
ContenciosoAdministrativo correspondiente, todo ello de conformidad con los artículos 88, 114.c), 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interposición de recurso de
reposición, se deberá esperar a que este se resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como
desestimado en virtud de silencio administrativo. No obstante, los interesados podrán presentar cualquier
otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos e intereses.
Los Santos de Maimona, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Manuel Lavado Barroso.
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