Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (00769/2024)
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad una plaza de Operador de Informática, personal funcionario, turno libre, por el sistema de oposición, para el Gabinete de Informática del Ayuntamiento de Don Benito
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Ayuntamiento de Don Benito

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Don Benito
Don Benito (Badajoz)
Anuncio 769/2024
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad una plaza de Operador de Informática, personal funcionario, turno libre,
por el sistema de oposición, para el Gabinete de Informática del Ayuntamiento de Don Benito

BASES DE CONVOCATORIA PARA CUBRIR EN PROPIEDAD UNA PLAZA DE OPERADOR DE INFORMÁTICA, PERSONAL
FUNCIONARIO, TURNO LIBRE, POR EL SISTEMA DE OPOSICIÓN, PARA EL GABINETE DE INFORMÁTICA DEL AYUNTAMIENTO
DE DON BENITO
Doña María Fernanda Sánchez Rodríguez, Alcaldesa-Presidenta del Ilmo. Ayuntamiento de Don Benito, en uso de las
atribuciones conferidas por el artículo 21.1 g) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
convoca pruebas selectivas para cubrir, una plaza de Operador de Informática, vacante en la plantilla de personal de este
Ayuntamiento, correspondientes a la OEP de 2021 turno libre, mediante sistema de oposición, con arreglo a las siguientes:
BASES:
1.ª.- Normas generales.
1.1.- Se convocan pruebas selectivas para cubrir, en propiedad, mediante el sistema de oposición, en el turno
libre, una plaza vacante de Operador de Informática, incluidas en la oferta de empleo público de 2021 y con
código RPT AGOI04 del Ayuntamiento de Don Benito, personal funcionario pertenecientes al grupo C,
subgrupo C1, escala Administración Especial, subescala Técnica, clase Técnico Auxiliar, dotadas con los
emolumentos correspondientes a dicho grupo, nivel 19, complemento específico consignado
presupuestariamente y demás retribuciones que correspondan al puesto.
1.2.- En lo no previsto en estas bases, serán de aplicación al procedimiento selectivo, la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 13 de abril, del Texto
Refundido de las Disposiciones Vigentes en Materia de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de
30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
(EBEP), el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo de aplicación supletoria el Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo, del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio del Estado, y la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como la Ley 40/2015,
de Régimen Jurídico del Sector Público y demás normas concordantes de aplicación.
1.3.- El procedimiento de selección de los aspirantes será el de oposición, contemplado en el artículo 61.6 del
Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, por considerarlo el más adecuado dada la naturaleza de la plaza y las
funciones a desempeñar.
2.ª.- Requisitos de los aspirantes.
2.1.- Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo correspondiente, los aspirantes deberán poseer los siguientes
requisitos de participación:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57, para el acceso al
empleo público de nacionales de otros Estados, del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión de los títulos de Bachiller, Técnico o equivalentes, o en condiciones de obtenerlos en la
fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes. En el caso de titulaciones obtenidas en el
extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación, o convalidación en su
caso.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del puesto al que se aspira.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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