Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (00768/2024)
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad dos plazas de Oficial Electricista, personal funcionario, turno libre, por el sistema de concurso-oposición, para la Sección de Electricidad del Ayuntamiento de Don Benito
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Ayuntamiento de Don Benito

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c) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o
equivalentes, o en condiciones de obtenerlos en la fecha en que finalice el plazo de
presentación de solicitudes. En el caso de aportar un título equivalente a los exigidos, se deberá
acompañar certificado expedido por el Consejo Nacional de Educación, o cualquier otro
competente en la materia, que acredite la citada equivalencia. En el caso de titulaciones
obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su
homologación, o convalidación en su caso.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del puesto al que se
aspira.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades
Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos
por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer
funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese
sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado
o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
2.2.- Los requisitos establecidos en la base 2.1, anterior, deberán poseerse a la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante el desarrollo del proceso selectivo y mantener
hasta el momento de la toma de posesión.
3.ª.- Presentación de solicitudes.
3.1.- Instancias:
a) En las instancias, solicitando tomar parte en la oposición, conforme al modelo que aparece
en el anexo I, los aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos
exigidos, en los términos en que se recogen en la base segunda, y que se comprometen a
prestar juramento o promesa de cumplir fielmente las obligaciones del cargo con lealtad al Rey,
y guardar, y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado, debiéndose
acompañar:
Fotocopia compulsada del DNI.
Fotocopia compulsada de Título Académico habilitante para el acceso a la plaza objeto
de la convocatoria.
Justificante de haber realizado el ingreso bancario de los derechos de examen. Y caso de
tener derecho a la reducción de dicho importe, documento que justifique su aplicación.
b) En ningún caso la presentación del justificante del ingreso bancario de los derechos de
examen, supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.
3.2.- Las instancias se presentarán conforme a lo dispuesto por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, usando como modelo el
anexo I.
Quienes no presenten su solicitud directamente en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Don
Benito, y lo hagan en cualquiera de las formas y lugares indicados en citado el artículo 16.4, de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán además
remitir a la Secretaría General del Ayuntamiento de Don Benito copia de la solicitud vía fax al n.º siguiente:
924 81 32 29 (fax Ayuntamiento de Don Benito) o al correo electrónico: secretaria@donbenito.es (correo
electrónico de la Secretaría General del Ayuntamiento de Don Benito).
3.3.- Plazo de presentación de instancias: El plazo de presentación será de 20 días hábiles a contar del
siguiente a aquel en que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado
(BOE), una vez que se hayan publicado íntegramente las bases en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de
Badajoz.
3.4.- Derechos de examen: De acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de la Ordenanza reguladora de la tasa
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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