Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00714/2024)
Bases de la XLIV edición del Premio Literario "Felipe Trigo"
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena

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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena
Villanueva de la Serena (Badajoz)
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Bases de la XLIV edición del Premio Literario "Felipe Trigo"

Por la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de febrero de 2024, se han aprobado las bases
reguladoras de la XLIV edición del Premio Literario "Felipe Trigo", cuyo texto se trascribe a continuación:
BASES DE LA XLIV EDICIÓN DEL PREMIO LITERARIO "FELIPE TRIGO"
1.ª.- Las presentes bases tienen por finalidad regular la concesión del Premio Literario "Felipe Trigo" en su
XLIV edición, en régimen de concurrencia competitiva, que se regirá por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la
indicada ley; la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena, aprobada
por el Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 26 de mayo de 2005, y publicada en el Boletín Oficial de la
Provincia número 152, de 10 de agosto siguiente; y las bases de ejecución del presupuesto municipal de 2024.
2.ª.- La XLIV edición del premio literario "Felipe Trigo" comprende los siguientes premios:
- Premio "Felipe Trigo" a la Novela ganadora, dotado con 20.000,00 euros.
- Premio "Felipe Trigo" a la Novela finalista, dotado con 6.500,00 euros.
El total del crédito se imputará a la partida 10/334/481.00, del proyecto de gastos 2024/3/G/9/1, del vigente
presupuesto.
3.ª.- Podrán concurrir a la XLIV edición del premio literario "Felipe Trigo" las personas físicas, mayores de
edad, cualquiera que sea su nacionalidad, que no estén incursas en alguna de las prohibiciones para obtener
la condición de beneficiario de subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
4.ª.- No podrán concurrir a la XLIV edición del premio literario "Felipe Trigo" quienes hubieran obtenido el
premio literario "Felipe Trigo" en las dos ediciones inmediatamente anteriores.
Tampoco podrán presentarse obras de autores que hubieran fallecido antes de la apertura del periodo de
presentación de originales.
5.ª.- Las obras que se presenten a la XLIV edición del premio literario "Felipe Trigo" habrán de ser originales e
inéditas, no dadas a conocer en lectura pública, ni editadas antes de la concesión del premio, y no podrán
haber sido premiadas anteriormente en concurso literario alguno.
La originalidad vendrá referida al hecho de la novedad objetiva de la obra en el momento de su creación.
En cuanto al carácter de obra inédita, se considerará que lo tiene aquella obra en la que, según el parecer del
Jurado, concurran las siguientes características:
a) Que su contenido tenga unidad y entidad suficiente para ser considerada en su conjunto
como obra literaria nueva.
b) Que carezcan de significación dentro de la misma los posibles pasajes recogidos de obras
anteriores o los pertenecientes a obras de autoría ajena (en este caso, citando siempre la
referencia).
No serán consideradas originales e inéditas las traducciones o adaptaciones de otras obras.
Los autores responderán de la autoría y originalidad de las obras presentadas al Premio, así como de no ser
copia ni modificación de obra ajena.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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