Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00673/2024)
Bases de la convocatoria de siete plazas de Técnico/a Medio Economía
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior

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El orden de aspirantes en la lista de espera se establecerá, únicamente atendiendo a la puntuación de la fase de oposición,
aplicando sucesivamente los criterios que dispone el artículo 5.- "Orden de prelación" del Reglamento de funcionamiento de
las bolsas de trabajo de la Diputación Provincial de Badajoz y sus Organismos Autónomos.
Se podrán constituir, en casos de urgencia y por situaciones extraordinarias, una "bolsa de trabajo transitoria" con aquellas
personas aspirantes que hubieran superado el primer ejercicio de la oposición en el marco del procedimiento selectivo en
curso, sin perjuicio de la continuidad del proceso selectivo. Dicha bolsa de trabajo tendrá carácter provisional y será
sustituida por la nueva bolsa de trabajo que se constituya una vez finalizado el proceso selectivo en curso.
Decimoprimera.- Resolución de la convocatoria y presentación de documentos.
Una vez finalizadas todas las pruebas y valorada la fase de concurso, el Tribunal hará pública la relación de personas
aprobadas por orden de puntuación y remitirá al órgano convocante, una propuesta para el nombramiento como
funcionaria o funcionario en prácticas en las plazas convocadas, de quienes haya obtenido la mayor puntuación total. No se
podrá proponer el acceso a la condición de funcionaria o funcionario de carrera de un número superior de aspirantes al de
plazas convocadas, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos que contravengan esta limitación.
Dentro del plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que se haga público el anuncio del Tribunal de
Selección con la relación de personas propuestas para el nombramiento en las plazas convocadas, las personas
seleccionadas deberán presentar a través de registro, y dirigido al Área de Recursos Humanos y Régimen Interior de
Diputación de Badajoz, en original o copia auténtica, los siguientes documentos acreditativos de las condiciones de
capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria:
a) DNI o documento acreditativo de la identidad.
b) Titulación académica exigida.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
ninguna administración pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
d) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibilite para el
servicio, expedido por facultativo competente y en modelo oficial. Dicho informe tendrá carácter no
vinculante para la obtención del grado de «apto laboral» que será emitido por el Servicio Médico de
Diputación de Badajoz, en reconocimiento médico que se realice al efecto.
e) En su caso, certificado oficial que acredite discapacidad y dictamen técnico facultativo.
Quienes tuvieran la condición de funcionarios/as estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos
ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación de la administración de quien
dependan, acreditando cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.
Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, las personas opositoras propuestas no presentasen sus
documentos o no reuniesen los requisitos exigidos, no podrán ser nombradas, y quedarán anuladas todas sus actuaciones,
sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en el
concurso oposición. En este caso, la Presidencia del Tribunal formulará propuesta a favor de las que habiendo superado
todas las pruebas tuvieran cabida en el número de plazas convocadas.
La Diputación de Badajoz se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación aportada, o solicitar
aclaraciones o información adicional, cuando se considere necesario.
Aprobada la propuesta de nombramiento y acreditados los requisitos exigidos, las personas opositoras nombradas deberán
tomar posesión como funcionarios/as en prácticas en el plazo de treinta días hábiles, a contar del siguiente al que les sea
notificado el nombramiento. Aquellos que no tomen posesión en el plazo señalado sin causa justificada, decaerán en todos
sus derechos a ocupar la plaza.
Decimosegunda.- Fase de periodo de prácticas.
En este periodo, los funcionarios/as en prácticas realizaran funciones propias del puesto de trabajo al que aspiran, adscritos
a un Servicio donde existan puestos vacantes correspondientes a las plazas ofertadas, donde se someterán a un periodo de
tres meses de prácticas. Durante el tiempo de duración de esta fase de prácticas las personas aspirantes compaginarán el
desempeño de las funciones con la formación teórica. Durante el periodo de estas prácticas evaluables, se realizará el
seguimiento necesario de la actuación de las aspirantes para constatar las aptitudes y actitudes personales respecto al
ejercicio de sus funciones, estableciéndose para ello los controles necesarios para su evaluación.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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