Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00673/2024)
Bases de la convocatoria de siete plazas de Técnico/a Medio Economía
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Recursos Humanos y Régimen Interior
Servicio de Administración de Recursos Humanos
Badajoz
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Bases de la convocatoria de siete plazas de Técnico/a Medio Economía

La Excma. Diputación Provincial de Badajoz, procede a la convocatoria pública de pruebas selectivas para proveer en
propiedad plazas vacantes, conforme a las siguientes bases:
Primera.- Objeto de la convocatoria.
La provisión por turno libre, mediante concurso-oposición de siete (7) plazas vacantes de funcionario/a, de Técnico/a Medio
Economía encuadrada en la escala de Administración Especial, subescala Técnica, clase Media, grupo A, subgrupo A2, de las
cuales cuatro plazas corresponden a la oferta de empleo público para 2021 de la Diputación de Badajoz y sus organismos
autónomos, aprobada mediante resolución del Presidente de fecha 2 de diciembre de 2021 y publicada en el Diario Oficial
de Extremadura número 242, de fecha 20 de diciembre de 2021, rectificada por sucesivas correcciones de errores
publicadas en el DOE de 26 de enero de 2022 y DOE de 28 de marzo de 2022, y tres plazas a la oferta de empleo público
para el año 2022 de la Diputación de Badajoz y sus organismos autónomos, aprobada mediante resolución del Presidente
de fecha 1 de diciembre de 2022 y publicada en el Diario Oficial de Extremadura número 239, de fecha 15 de diciembre de
2022. Se distribuyen de la siguiente forma:
- 6 plazas para ser cubiertas por turno de acceso general.
- 1 plazas para ser cubiertas por turno de discapacidad, reservándose a personas con un grado de
discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento, o que tengan tal consideración en los términos que
establece el artículo 4.2 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, que aprueba el Texto
Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, y que así
lo justifiquen.
La reserva indicada para ser cubierta por personas con discapacidad, implica la necesidad de que la persona aspirante
supere las pruebas selectivas y que acredite el grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y
funciones correspondientes a las plazas convocadas. Para participar en el cupo de plazas reservadas a personas con
discapacidad será necesario que la persona aspirante lo indique expresamente en su instancia, de lo contrario se entenderá
que opta por el turno general. Deberá tener oficialmente reconocida la discapacidad con efectos anteriores a la finalización
del plazo de presentación de instancias y aportar junto con la misma certificado oficial que acredite tal condición. Una vez
cubierta las plazas del turno reservado a personas con discapacidad, las personas aspirantes con discapacidad que no
superen el proceso selectivo por dicho turno, resultando su puntuación obtenida superior a la obtenida por otros/as
aspirantes de acceso general, serán incluidas por su orden de puntuación en la relación de personas aprobadas. Las plazas
que queden desiertas del turno reservado para personas con discapacidad se acumularán al resto de plazas convocadas
para su cobertura por el turno de acceso general.
Segunda.- Publicidad.
La convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, en la Oficina de Atención a la Ciudadanía y en la
página web de la Diputación Provincial de Badajoz y, en extracto, en el Boletín Oficial del Estado.
Tercera.- Requisitos.
Las personas aspirantes deberán cumplir lo siguiente:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57, acceso al empleo
público de nacionales de otros Estados, del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. De conformidad con lo establecido en el
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, serán admitidas las personas
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