Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (00617/2024)
Bases específicas con convocatoria reguladoras de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de acción social en la provincia de Badajoz, durante el ejercicio económico 2024
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Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo

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INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS
Destinatarios de cesiones o
transferencias

No se prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial

Derechos de los interesados

Derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos,
limitación u oposición, así como otros

Información adicional

www.dip-badajoz.es/privacidad/aviso/index.php

El tratamiento de los datos de carácter personal tiene como exclusiva finalidad gestionar y realizar las actuaciones derivadas
de la finalidad anteriormente indicada y se podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso,
oposición, sobre el tratamiento de los datos de carácter personal frente al Área de Políticas Sociales y Cooperación
Internacional de la Excma. Diputación de Badajoz, calle Felipe Checa, 23, 06071.- Badajoz.
La Diputación de Badajoz ha adoptado las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos de
carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Disposiciones adicionales.
Primera.- En lo no regulado en estas bases, será de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, el Real Decreto 887/06, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley
de Subvenciones, la Ordenanza provincial de subvenciones y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en lo que resulte de aplicación.
Segunda.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 33) de la Ordenanza general de subvenciones, y 23) de
la LGS, se aprueba de forma conjunta a las bases reguladoras y la convocatoria que desarrollará el
procedimiento para la concesión de las subvenciones.
Tercera.- A fin de posibilitar la presentación de las solicitudes a que se refiere las presentes bases a través del
Registro electrónico, al amparo de lo establecido en la Ordenanza reguladora del procedimiento
administrativo electrónico y del registro electrónico de la de la Diputación de Badajoz (BOP número 9, de 15
de enero de 2021), se procede a la aprobación de los modelos de documentos telemáticos que a continuación
se relacionan y que se remitirán por vía telemática mediante los sistemas de firma electrónica previstos en el
citado Reglamento:
Solicitud de subvención de la Diputación de Badajoz destinada al desarrollo de proyectos de acción social,
durante el ejercicio económico 2024 (anexo I).
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, P.D.: La Diputada-Delegada del Área de Políticas Sociales y Cooperación
Internacional al Desarrollo, (decreto de 1 de julio de 2023 BOP de 3 de julio de 2023), Ana Belén Valls Muñoz.
______________

ANEXO I (Telemático)
SOLICITUD DE SUBVENCIÓN DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ DESTINADA AL DESARROLLO DE PROYECTOS DE ACCIÓN
SOCIAL EN LA PROVINCIA DE BADAJOZ DURANTE EL AÑO 2024
Don/doña __________________________________________________, con DNI n.º_________________, en nombre y representación de la
entidad _____________________________________________________________________, cuyo NIF, es ______________________,
EXPONE:
Primero: Que ha tenido conocimiento de la publicación en el BOP de Badajoz de fecha ________ de
______________de ________, de las bases de la convocatoria que regulan la concesión de subvenciones de la
Diputación de Badajoz destinadas a acción social para su desarrollo en el año 2024.
Segundo: Que la asociación o fundación que represento reúne los requisitos necesarios para ser beneficiaria
de las subvenciones convocadas y a tal efecto declaro que la misma se encuentra al corriente de sus
obligaciones tributarias con la hacienda estatal, provincial y con la Seguridad Social, así como que al día de la
fecha no ha incumplido su obligación de justificación respecto de cualquier otra subvención otorgada por la
propia Diputación Provincial.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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