Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (00617/2024)
Bases específicas con convocatoria reguladoras de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de acción social en la provincia de Badajoz, durante el ejercicio económico 2024
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Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo

Anuncio 617/2024

importe no justificado.
B.2. Documentación a aportar.
a) Anexo de cuenta justificativa debidamente cumplimentado y firmada por el/la secretario/a
de la entidad, que contendrá:
1. Datos de la entidad que justifica.
2. Datos del proyecto/actividad subvencionada que se justifica.
3. Coste total de la actividad subvencionada, con indicación de con qué fondos
ha sido financiada ésta.
4. Clasificación de los gastos por tipología y forma de pago de estos.
5. Relación clasificada, con número de orden, de todos los gastos de la actividad
subvencionada financiados con la subvención de Diputación, incluyendo
descripción del gasto, proveedor/acreedor, el número de factura, la fecha de
emisión, fecha de pago, importe de la factura, e importe parcial o total imputado
a la subvención de Diputación. Indicación de exento o no exento del sujeto
pasivo de IVA.
6. Relación clasificada, con número de orden, de todos los gastos de la actividad
subvencionada financiados con fondos propios de la entidad solicitante u otras
subvenciones o recursos, incluyendo descripción del gasto, proveedor/acreedor,
el número de factura, la fecha de emisión, fecha de pago, importe de la factura, e
importe parcial o total financiado con fondos propios u otras subvenciones o
recursos, así como la entidad financiadora.
7. La procedencia, o no, de remanentes no aplicados, así como de los intereses
derivados de los mismos.
8. La exactitud y veracidad de los datos reseñados en ese documento, así como
que la actividad subvencionada ha sido realizada en su totalidad, habiéndose
cumplido las condiciones impuestas y conseguido los objetivos previstos en el
acto de concesión de la subvención.
9. Que el importe de la subvención concedida, por sí sola o en concurrencia con
otras subvenciones concedidas por agentes financiadores, no excede del
importe total de la actividad o proyecto subvencionado.
10. Que los justificantes presentados, y relacionados, corresponden a gastos
efectuados como consecuencia directa de la actividad objeto de subvención y
estrictamente necesarios, que se corresponden fielmente con documentos
originales que se encuentran a disposición de la Diputación, y que el importe
imputado a esta subvención no ha servido para justificar otras subvenciones
distintas.
b) Al anexo de cuenta justificativa se adjuntarán, de manera ordenada y referidos con los
números de orden que aparezcan relacionados en este:
1. Facturas o documentos admitidos en tráfico mercantil que cumplan los
requisitos necesarios que establece el RD 1619/2012 o la legislación aplicable,
demostrativos de los gastos realizados y financiados con la aportación de
Diputación. Dichas facturas/documentos serán presentados en formato digital
(escaneados o electrónicos), y no requerirán compulsa ni estampillado.
La no presentación de facturas/documentos originales o compulsadas, no exime
en ningún caso a el/la beneficiario/a, de su obligación de custodia y puesta a
disposición de las mismas si le son requeridas por la administración. En
cualquier caso, la remisión a través de la sede electrónica por la persona
representante de la entidad, donde quede constancia de su firma, presupondrá
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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