Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalvillar de Pela. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). (00563/2024)
Plan de medidas contra el fraude en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para la Gestión de Fondos Europeos del Ayuntamiento de Navalvillar de Pela
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Ayuntamiento de Navalvillar de Pela

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3. Que el artículo 23 «Abstención», de la Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
establece que deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento «las autoridades y el personal al servicio
de las Administraciones en quienes se den algunas de las circunstancias señaladas en el apartado siguiente»,
siendo éstas:
a) Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera
influir la de aquél; ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener cuestión
litigiosa pendiente con algún interesado.
b) Tener un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco de
consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de
los interesados, con los administradores de entidades o sociedades interesadas y también con
los asesores, representantes legales o mandatarios que intervengan en el procedimiento, así
como compartir despacho profesional o estar asociado con éstos para el asesoramiento, la
representación o el mandato.
c) Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas mencionadas en el
apartado anterior.
d) Haber intervenido como perito o como testigo en el procedimiento de que se trate.
e) Tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el
asunto, o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y
en cualquier circunstancia o lugar».

Segundo.- Que no se encuentra/n incurso/s en ninguna situación que pueda calificarse de conflicto de intereses de las
indicadas en el artículo 61.3 del Reglamento Financiero de la UE y que no concurre en su/s persona/s ninguna causa de
abstención del artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público que pueda afectar al
procedimiento de licitación/concesión.
Tercero.- Que se compromete/n a poner en conocimiento del [órgano de contratación/comisión de evaluación], sin dilación,
cualquier situación de conflicto de intereses o causa de abstención que dé o pudiera dar lugar a dicho escenario.
Cuarto.- Conozco que, una declaración de ausencia de conflicto de intereses que se demuestre que sea falsa, acarreará las
consecuencias disciplinarias, administrativas y/o judiciales que establezca la normativa de aplicación.
Y para que conste, firmo la presente declaración.
____________
ANEXO II. B. DECLARACIÓN DE AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERESES ADJUDICATARIOS DECLARACIÓN DE AUSENCIA DE
CONFLICTO DE INTERESES (DACI) PARA ADJUDICATARIOS / SUBCONTRATISTAS DEL AYUNTAMIENTO DE NAVALVILLAR DE
PELA COMO ENTIDAD BENEFICIARIA DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (2020-2026),
FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA EN EL MARCO DE "NEXTGENERATIONEU
Expediente: _________________
[Contrato/subvención]: ___________________________________
El/la abajo firmante __________________________________________
con DNI ______________________, actuando:
en su nombre
en representación de _____________________________________________, con NIF______________________ DECLARA
que:
A. No ha sido condenado, estando pendiente de cumplir la condena, mediante sentencia firme, con fuerza de
cosa juzgada, dictada por la autoridad competente de un Estado miembro de la UE por cualquier delito que
afecte a su ética profesional, salvo que el delito haya prescrito.
B. No ha cometido una falta profesional grave probada por cualquier medio que pueda ser alegada por
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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