Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalvillar de Pela. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). (00563/2024)
Plan de medidas contra el fraude en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para la Gestión de Fondos Europeos del Ayuntamiento de Navalvillar de Pela
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Ayuntamiento de Navalvillar de Pela

Anuncio 563/2024

contra el fraude: prevención, detección, corrección y persecución.
1. Medidas de prevención.
A. Declaración política.
Se considera necesario manifestar y difundir al máximo la postura antifraude de
la entidad, para ello, el Ayuntamiento de Navalvillar de Pela suscribe una
declaración institucional antifraude basada los valores de integridad, objetividad,
rendición de cuentas y honradez.
El contenido de la declaración institucional se incluye en el anexo III.
Esta declaración institucional se publicará en la página web del Ayuntamiento
para su general conocimiento.
B. Código de conducta.
1. El Ayuntamiento de Navalvillar de Pela suscribe un código de conducta y
principios éticos que deberán cumplir todos los empleados públicos. Este código
establece el comportamiento esperado ante posibles circunstancias que
pudieran dar lugar a fraude y sus principios se basan en los siguientes
compromisos de conducta:
Cumplimiento riguroso de la legislación aplicable.
Uso adecuado de los recursos públicos
Integridad, profesionalidad y honradez en la gestión.
Transparencia y buen uso de la información.
Trato imparcial y no discriminatorio a beneficiarios
Salvaguarda de la reputación del Ayuntamiento en la gestión de fondos.
El código de conducta de los empleados públicos se incluye en el anexo IV.
Este código ético se publicará en la página web del Ayuntamiento para su
general conocimiento.
C. Declaración de ausencia de conflicto de intereses.
Se establece la obligación de cumplimentar una declaración de ausencia de
conflicto de intereses (DACI) para todos los intervinientes en los procedimientos
de contratación y de concesión de subvenciones financiados con cargo al MRR.
En caso de órganos colegiados, dicha declaración puede realizarse al inicio de la
correspondiente reunión por todos los intervinientes en la misma y reflejándose
en el acta.
Igualmente, se establece la obligatoriedad de cumplimentación de la DACI como
requisito a aportar por el/los beneficiarios que, dentro de los requisitos de
concesión de la ayuda, deban llevar a cabo actividades que presenten un
conflicto de intereses potencial.
Al cumplimentar la DACI se deberá observar la estricta aplicación del artículo 53
del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público relativo a los
principios éticos, el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, relativo a la abstención y la Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
El modelo de DACI se incluye en el anexo II.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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