Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). (00531/2024)
Nombramiento de Concejal Delegado de Servicios Sociales, Mayores y Mujer del Ayuntamiento de Badajoz como Vicepresidente del IMSS y delegación de atribuciones del Alcalde-Presidente del IMSS en el Vicepresidente de la entidad
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Instituto Municipal de Servicios Sociales

Anuncio 531/2024

Locales.
- Aprobar las modificaciones de crédito presupuestario, no atribuidas al Pleno, conforme a los
requisitos y procedimiento, previstos en la normativa vigente para las Haciendas Locales y en
las bases de ejecución del presupuesto.
- El reconocimiento de las obligaciones, la ordenación del pago y el pago material con el resto
de los claveros. (Interventor/a y Tesorero/a).
- La presentación ante el Consejo Rector de la rendición de cuentas y la aprobación de la
liquidación del presupuesto, para su elevación, en ambos casos, al Ayuntamiento, y aprobación
por el órgano competente del mismo, siguiendo los trámites previstos en la Ley reguladora de
las Haciendas Locales.
- Aprobar las contrataciones y concesiones de toda clase, cuando su importe no supere el 10%
de los recursos ordinarios del presupuesto del Organismo Autónomo, así como los contratos y
concesiones plurianuales, cuando su duración no sea superior a cuatro años, y los plurianuales
de menor duración, cuando el importe acumulado de todas sus anualidades, no supere el
porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio.
- Aprobar los proyectos de obras y de servicios cuando, por su cuantía, sea competente para su
contratación o concesión y estén previstos en el presupuesto.
- La adquisición de bienes y derechos cuando su valor no exceda del 10 por 100 de los recursos
ordinarios del presupuesto del Instituto. Asimismo, la enajenación del patrimonio del
organismo autónomo, susceptible de ello, que no supere el porcentaje indicado, en los
siguientes supuestos: La de bienes inmuebles, siempre que esté prevista en el presupuesto. La
de bienes muebles, salvo los declarados de valor histórico o artístico cuya enajenación no se
encuentre prevista en el presupuesto.
- Efectuar la solicitud de ayudas y subvenciones a otras entidades y organismos, así como
aprobar y suscribir los convenios de colaboración que se realicen, siempre que, por su cuantía,
dicha competencia no esté atribuida al Consejo Rector.
- Representar al Organismo Autónomo ante los tribunales y juzgados, administraciones,
corporaciones, autoridades, notarios y particulares; conferir mandamientos y poderes para
ejercer dicha representación y asumirla para sí en los casos que proceda.
- Adoptar en caso de urgencia o emergencia las resoluciones o medidas de carácter urgente o
inaplazable que sean precisas, dando cuenta al Consejo Rector, en la primera reunión que éste
celebre, para que se resuelva definitivamente sobre el particular.
- Otorgar los contratos que sean necesarios en representación del Organismo Autónomo.
- Autorizar con su firma las actas y certificaciones.
- Suscribir documentos, escrituras y pólizas.
- Ser el órgano concedente de cada una de las subvenciones incluidas en el Plan estratégico
general de subvenciones de la entidad, aprobado por el Consejo Rector, cuando la cuantía
global de las mismas, no exceda del 10% de los recursos ordinarios de la entidad.
- Aprobar la estructura organizativa de los servicios y unidades del Organismo Autónomo y la
correspondiente provisión de puestos, todo ello de conformidad con la normativa vigente y
dentro de los límites presupuestarios, en su caso.
- Dar cuenta sucinta al Consejo Rector en cada sesión ordinaria de las resoluciones que hubiere
adoptado desde la última sesión ordinaria.
- Cualquier otra atribución que pueda corresponder al Instituto Municipal de Servicios Sociales,
y no se encuentre reservada por la legislación de régimen local, o por estos Estatutos, al
Ayuntamiento o al Consejo Rector, así como todas aquellas que la ley o los estatutos de la
entidad no declaren indelegables.
Cuarto: Delegar por todo el tiempo que dure mi mandato, a favor del citado, a favor del citado, como
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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